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Bienes demaniales

(Tributario) Bienes de titularidad pública que se encuentran afectos al uso general o al servicio público; también todos aquellos bienes que pertenezcan a una Administración y por ley sean expresamente calificados como demaniales. Los bienes demaniales pueden ser, por tanto, de dos tipos: los de titularidad pública que están destinados al uso común o público, como es el caso decaminos, canales, ríos, puertos, playas, calles, fuentes, etc; y los de titularidad pública que no están destinados al uso común, pero sí están destinados a algún servicio público, como los edificios de titularidad

Balance

(Mercantil) Documento integrante de las cuentas anuales (ex art. 34.1 CCom.) que registra los activos (bienes y derechos) y pasivos (obligaciones) pertenecientes al comerciante o empresario al inicio y conclusión del ejercicio económico (el balance final de un ejercicio ha de coincidir con el inicial del siguiente). Los activos y pasivos reflejados configuran el patrimonio contable registrado (cfr. art. 35.1 CCom.), que debe coincidir con el real. Redactado así con el propósito de mostrar la imagen fiel del patrimonio y de los resultados patrimoniales (art. 34.2 CCom.), el balance debe

Boletín oficial del Estado (BOE)

(Administrativo) El Boletín Oficial del Estado (BOE) o diario oficial del Estado es, conforme el art. 1 del RD 1511/1986 de ordenación del diario oficial del Estado, el órgano de publicación de las leyes, disposiciones y actos de inserción obligatoria, así como de las comunicaciones enunciadas en el presente Real Decreto. Así, se incluyen, además de de las leyes producidas en el seno de las Cortes Generales (véase Parlamento ), las disposiciones emanadas del Gobierno de la Nación y las disposiciones generales de las Comunidades Autónomas, sin perjuicio de que éstas se publiquen asimismo en los

Base reguladora de prestaciones de la Seguridad Social

(Seguridad Social) Módulo de cálculo sobre el que, aplicado un tipo o porcentaje, se obtiene el importe de las prestaciones económicas contributivas a que tiene derecho cada beneficiario en el sistema de Seguridad Social. La base reguladora de cada una de las prestaciones toma su vez como módulo objetivo de determinación las bases de cotización efectuadas por el causante y necesarias, de conformidad con las normas reguladoras, para causar cada prestación concreta. En la base reguladora se tienen en cuenta diferentes factores como: si el riesgo cubierto es común o profesional; el tipo de

Beneficios fiscales

(Tributario) Normas tributarias "de favor" que, o bien anulan totalmente el efecto del hecho imponible -en cuyo caso estaríamos ante una exención total o propiamente dicha- o bien se limitan a aligerar la carga tributaria a través de distintas técnicas como las reducciones sobre la base imponible, las deducciones o bonificaciones sobre la cuota tributaria, la aplicación de tipos de gravamen bonificados o reducidos, etc. Esta segunda clase de beneficios fiscales también se conoce como exenciones parciales o limitadas. La realización del presupuesto de hecho de una norma que contiene un

Base imponible

(Tributario) Es la valoración o medición del hecho imponible (art. 50.1 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria (LGT)). Viene definida en la Ley propia de cada tributo y a través de su cuantificación, se puede apreciar la capacidad económica concreta que pretende gravar el hecho imponible. Normalmente la ley define la magnitud en términos monetarios, en una cantidad o suma de dinero, pero también puede venir referida en magnitudes no monetarias, como por ejemplo en el Impuesto Especial sobre el Alcohol, en el que la base imponible está constituida por el volumen de alcohol puro

Baja en la Seguridad Social

(Seguridad Social) Acto administrativo mediante el cual la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) determina la exclusión de un trabajador, por cesar en la prestación de servicios, del campo de aplicación del Régimen de la Seguridad Social en el que por su actividad estaba incluido. No se consideran situaciones de cese de actividad a efectos de cursar la baja en la Seguridad Social situaciones asimiladas al alta en las que se mantenga la obligación de cotizar (véase cotización ). Las bajas han de ser solicitadas obligatoriamente, cuando se cesa en la actividad que en su momento

Buena fe

(Civil) Buena fe, literalmente, quiere decir buena creencia. En derecho, una actuación de buena fe es aquélla en la que no hay conciencia de estar quebrantando alguna norma o algún derecho ajeno. El que actúa de buena fe cree, con verdad o sin ella, que está actuando lícitamente. Donde hay buena fe no puede haber dolo o malicia. Donde hay buena fe puede haber ignorancia, desconocimiento o una falsa creencia. Así, una persona puede creer que está poseyendo legítimamente una cosa y en realidad no ser su poseedor legitimo; otro puede creer que quien le vendió la cosa comprada era el verdadero

Beneficio de justicia gratuita

Justicia gratuita (Procesal) Reconocimiento, a efectos prácticos (singularmente procesales), del derecho de defensa. Dicho reconocimiento se manifiesta, principalmente, a través del nombramiento de Letrado (véase abogado de oficio ) y Procurador de oficio siempre que sea preceptiva la intervención de estos profesionales. La gratuidad de la justicia está expresamente reconocida en el artículo 119 CE al señalar que "la justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar". La determinación del contenido del

Beneficiario

(Seguridad Social) Quien encontrándose en situación de necesidad prevista en la ley como protegible, y actualizándose la contingencia, reúne los requisitos legales de acceso a las prestaciones del sistema de Seguridad Social. Desde el punto de vista conceptual es necesario diferenciar el concepto de beneficiario de otros como: Sujeto protegido, que incluye además de al beneficario al que ostenta un derecho potencial, y no sólo actual, de protección. Sujeto causante o aquel que reúne los requisitos legales para causar derecho a las prestaciones, en su favor o en favor de otros beneficiarios

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