Abogados de familia en Madrid

Tu tranquilidad comienza con un equipo de abogados de familia en Madrid que combina estrategia legal con empatía

Ayudamos a nuestros clientes a resolver situaciones familiares complejas con información clara y experiencia.

Nuestro departamento de Derecho de familia está dirigido por Doña Rus María Muñoz Gómez, abogada colegiada con más de 30 años de experiencia en asuntos de familia: divorcios, separaciones o herencias, entre otros.

Rus y Vicente, abogados de familia del despacho

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Te acompañamos en todo el procedimiento tanto en Madrid como en toda España y te damos una segunda opinión si la necesitas.

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¿Por qué elegirnos como tu despacho de abogados de familia?

  • Asesoramos de forma clara y sin tecnicismos sobre la situación jurídica.
  • Informamos sobre nuestros honorarios de manera transparente.
  • Protegemos los derechos de nuestros clientes en juicio y fuera de él.
  • Estamos especializados en asuntos de Derecho de Familia.
  • Nuestros pilares son: la experiencia, el rigor, la cercanía y la empatía.

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Un abogado de familia te ayuda en situaciones problemáticas del día a día

Divorcios y separaciones

Nos aseguramos de bienestar de nuestros clientes y del de sus hijos y protegemos su patrimonio.

Herencias

Ayudamos a evitar conflictos entre los herederos y a pagar los impuestos que corresponden.

Juicios de familia

Si hay que acudir a un juicio dirigiremos el procedimiento ante los juzgados de familia.

Bienes gananciales

Asesoramos en relación con las capitulaciones matrimoniales y la liquidación de la sociedad de gananciales.

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Servicios jurídicos derecho de familia

Nuestros abogados expertos en derecho de familia le amplían la información en:
Image Regimenes Económicos

Te asesoramos sobre el régimen económico matrimonial para tu caso.

Image Abogados expertos en herencias y testamentos

Tramitamos la herencia y te asesoramos sobre el testamento.

Image Incumplimiento de Sentencia o Convenio Regulador

Si se incumple la sentencia de divorcio o separación podemos reclamar.

Image Abogados Divorcios Madrid

Protegemos tus derechos y los de tus hijos y velamos por tu patrimonio.

Image Rupturas Parejas de Hecho

Tramitamos el convenio regulador si hay hijos.

Image Pensión Compensatoria

La solicitamos si se ha producido un desequilibrio económico tras la ruptura.

Image Abogados Pensión de Alimentos

La solicitamos para cubrir las necesidades básicas de los hijos menores de edad.

Image Modificación de Medidas

Cuando varían las circunstancias solicitamos una modificación de medidas.

Image Protegemos el patrimonio y los derechos de las personas vulnerables.

Protegemos el patrimonio y los derechos de las personas vulnerables.

Image Extinción de Proindiviso y Condominio

Si tienes un inmueble con otra persona puedes obtener tu parte.

¿Quieres proteger a tus hijos en tu divorcio?

Nuestros abogados especialistas en derecho de familia

Abogados y abogadas expertos en familia

Preguntas frecuentes sobre nuestros servicios en el área de derecho de familia

A continuación, respondemos a alguna de las dudas más frecuentes en relación con los asuntos de familia:

  • Nuestros honorarios se determinan atendiendo a la complejidad y trabajo que cada asunto requiera y serán individualizados para cada cliente.
  • Para cada caso concreto se redactará una “hoja de encargo profesional” en la que se detallarán los importes, plazos y formas de pago.
  • Nuestros honorarios se encuentran regulados por el Colegio de Abogados de Madrid.
  • Para el pago se admiten cualquiera de las formas existentes en Derecho y es posible obtener financiación en función de cada caso.

Un abogado de familia atiende diversos tipos de asuntos como: divorcios, separaciones, modificaciones de medidas, herencias, testamentos, o incapacitaciones judiciales, entre otros.

  • Desde que contactes con nuestro despacho te atenderemos en el plazo máximo de 48 horas y fijaremos una reunión en la que nos explicarás tu caso.
  • En la reunión te propondremos nuestra solución y serás informado de los honorarios profesionales. Pondremos a tú disposición un abogado que velará por tus intereses.
  • En el momento que aceptes los honorarios iniciaremos todos los trámites que correspondan para dar solución a tu caso de Derecho de Familia.

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Preguntas frecuentes regímenes económicos matrimoniales

Regímenes económicos matrimoniales

Cuando en un matrimonio se opta por el régimen de gananciales, los bienes y las ganancias que se obtienen durante el matrimonio se consideran comunes a los dos 2 cónyuges y se reparten al 50 % cuando se disuelve esta sociedad de gananciales (matrimonio).

Sin embargo, cuando se tiene separación de bienes, cada uno de los cónyuges mantiene la propiedad y administración de sus bienes individuales.

La elección entre estos regímenes tiene mucha importancia ya que afecta directamente a la forma en que se gestionan y distribuyen los bienes durante y después del matrimonio. Sin embargo, no hay diferencia en lo que respecta a los bienes que cada uno de los cónyuges tuviera antes de contraer matrimonio.

Los bienes que se adquieren antes del matrimonio son, por lo general, privativos de cada uno de los cónyuges independientemente del régimen económico matrimonial.

Por tanto, cuando una pareja se casa con régimen de gananciales, aunque existe una presunción de ganancialidad para los bienes adquiridos durante el matrimonio, esta no afecta a los bienes adquiridos previamente por cada uno de los cónyuges.

Por ejemplo:

Uno de los cónyuges tiene una casa en propiedad antes del matrimonio. Si no hay cambios sobre la titularidad de esa vivienda, esa propiedad continuará siendo solo de ese cónyuge si se disuelve el matrimonio (con independencia del régimen económico-matrimonial elegido).

Son varias las ventajas y, entre otras, se puede citar, por ejemplo, que las deudas contraídas por uno de los cónyuges durante el matrimonio no afectarán al otro cónyuge. Cada uno mantendra su independencia económica.

Incumplimiento de sentencia o convenio regulador

Cuando una expareja no cumple con lo estipulado en un convenio regulador, es posible solicitar la ejecución de dicho convenio ante el juzgado competente. Si el convenio ha sido homologado judicialmente, se integra en la resolución judicial y puede ser ejecutado en todos sus términos

El incumplimiento del régimen de visitas puede dar lugar a diversas medidas ejecutivas no dinerarias, como la imposición de multas coercitivas. Estas multas se aplican tanto en casos de incumplimiento de obligaciones de pago como en obligaciones de hacer personalísimo, como el régimen de visitas.

Para reclamar judicialmente el pago de la pensión de alimentos, se debe iniciar un procedimiento de ejecución de resoluciones, permitiendo la ampliación de la ejecución por plazos vencidos

Efectivamente, se puede cambiar el convenio si ha cambiado la situación de uno de los padres de forma importante y estable (y no es un mero capricho personal).

Una situación frecuente en la que se suele solicitar el cambio de convenio regulador es la pérdida de empleo de uno de los padres. En ese caso se puede solicitar al juez que se modifiquen las condiciones del convenio.

Si no te cuentan cosas importantes sobre los hijos, lo ideal es hablarlo y llegar a un acuerdo, esto es lógico. pero en el supuesto de que no se llegue a un acuerdo cualquiera de los dos progenitores puede ir al juez para que decida quién toma la decisión o incluso decidir directamente cuál es el acuerdo más positivo para los hijos.

Por ejemplo:

Si uno de los padres decide cambiar de colegio sin avisar, se puede acudir al juez para que decida lo mejor para los niños.

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Preguntas frecuentes sobre incumplimiento de sentencia o convenio regulador

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Preguntas frecuentes sobre separación y divorcio

Separación y divorcio

Cuando una persona quiere divorciarse las primeras dudas que surgen son: ¿Qué pasos tengo que seguir y con qué tengo que tener cuidado?

En ese momento conviene hacer la primera consulta con un abogado de familia especializado en divorcios que te pueda asesorar en un paso vital tan importante; además, para presentar una demanda de divorcio, es necesario contar con la asistencia de un abogado.

El primer paso, después de asesorarte convenientemente, consiste en presentar una demanda ante el juzgado de primera instancia competente (el juzgado puede que esté especializado en familia si se encuentra en una capital de provincia).

En la demanda de divorcio se incorporará una propuesta que permita regular la situación futura tras la finalización del matrimonio.

Esta propuesta necesariamente debe detallar aspectos tan importantes como son: la patria potestad, guarda y custodia, régimen de visitas, uso de la vivienda familiar, pensiones compensatoria y alimenticia y cargas del matrimonio.

Hay además otro requisito, deben haber pasado al menos tres meses desde que se celebró el matrimonio para iniciar un divorcio (salvo en casos excepcionales donde se acredite que hay riesgo para la vida de uno de los cónyuges o sus hijos).

La separación consiste en suspender la vida en común con tu pareja pero sin que todavía se haya producido la disolución del matrimonio.

El divorcio rompe definitivamente el vínculo entre los dos miembros de la pareja y permite además contraer un nuevo matrimonio.

Es un procedimiento relativamente rápido que consiste en la presentación del convenio regulador que se ha acordado entre las dos partes. Tras oir al Ministerio Fiscal es homologado por el Juez.

Existe además la posibilidad de realizar el divorcio de mutuo acuerdo ante Notario, pero solo en los casos en los que la pareja no haya tenido hijos en común.

Sí, la intervención de un abogado es obligatoria en los procedimientos de divorcio, tanto en los contenciosos como en los divorcios consensuados (express). Es lógico que exista presencia de los abogados porque permite asegurar la correcta representación y defensa de las dos partes.

En algunas ocasiones, por diferentes razones, uno de los cónyuges se niega a firmar el divorcio, en estos casos, el divorcio contencioso permite a uno de los cónyuges solicitar la disolución del matrimonio sin el consentimiento del otro.

Pensión compensatoria

La pensión compensatoria se calcula teniendo en cuenta varios factores:

Veamos un ejemplo:

Una pareja estuvo casada 15 años. Durante ese tiempo, la mujer dejó su carrera profesional aparcada para poder cuidar de los hijos, mientras tanto, su marido trabajaba y ascendía en su empresa. Tras el divorcio, la mujer no tiene ingresos propios y se encuentra con una gran dificultad para reincorporarse al mercado laboral. En este caso, el juez podría establecer una pensión compensatoria para la exesposa, con el objetivo de ayudarla a encontrar un puesto de trabajo y recuperar su independencia económica.

  • Diferencia económica entre los cónyuges tras el divorcio.
  • Ingresos y bienes de cada uno.
  • Duración del matrimonio y si alguno de los cónyuges dejó su trabajo o redujo su jornada para dedicarse a la familia.

El cónyuge que sufra un desequilibrio económico importante tras el divorcio puede solicitar esta pensión. Esto ocurre cuando una de las partes ha dependido económicamente de la otra o tiene dificultades para mantener el mismo nivel de vida que tenía durante el matrimonio.

Ejemplo:

Una pareja se divorcia después de 23 años de matrimonio. La esposa ha trabajado siempre, pero con un salario muy inferior al de su marido, quien ha sido el principal sostén económico de la familia. Si la mujer demuestra que el divorcio la deja en una situación de desventaja económica notable, puede solicitar una pensión compensatoria.

El tiempo depende de cada caso concreto y de la decisión del juez. Puede ser temporal, hasta que el beneficiario se recupere económicamente, o indefinida si la persona no tiene posibilidad de generar ingresos.

El siguiente caso es un ejemplo clarificador:

Un matrimonio se divorcia depués de pasar 30 años de matrimonio. La mujer ha sido ama de casa toda su vida, nunca ha trabajado profesionalmente fuera del hogar y tiene 60 años. La edad y el hecho de no haber trabajado fuera de casa es una dificultad enorme para que consiga empleo. En este caso, la pensión compensatoria podría ser indefinida. Sin embargo, si ella tuviera 40 años y posibilidad de reincorporarse al mercado laboral y optar a un trabajo, la pensión compensatoria podría establecerse solo por unos años.

Si el pagador de la pensión compensatoria tiene una reducción importante en sus ingresos, y además existe una alta probabilidad de que esta reducción sea permanente, puede solicitar al juez una modificación o incluso la eliminación de la pensión.

Estas situaciones se dan a menudo cuando el pagador pierde un empleo con una buena remuneración y posteriormente no es capaz de conseguir un puesto de trabajo de características remotamente parecidas. También ocurre cuando el pagador pierde su puesto de trabajo y no encuentra un nuevo empleo en un plazo razonable, en estas situaciones, si demuestra que la situación es permanente y no ha sido provocada intencionalmente, puede pedir una reducción o suspensión del pago.

Las parejas de hecho no tienen el mismo derecho que los matrimonios a una pensión compensatoria, aun así pueden reclamar una compensación si hay un perjuicio económico grave con motivo de la relación.

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Preguntas frecuentes sobre pensión compensatoria

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Preguntas frecuentes sobre pensión de alimentos

Pensión de alimentos

Debe cubrir todo lo necesario para asegurar la crianza y bienestar de los hijos: alimentación, vivienda, ropa, educación, atención médica y ocio esencial. Se divide en gastos ordinarios (previsibles y recurrentes) y gastos extraordinarios (imprevistos, como una operación médica), que son imprevisibles y requieren el acuerdo de ambos progenitores.

El derecho a recibir una pensión de alimentos no termina automáticamente a los 18 años. Se mantiene si el hijo sigue estudiando o no puede mantenerse por sí mismo.

La extinción del derecho a alimentos se produce cuando el hijo alcanza la independencia económica o abandona el hogar familiar

Si un padre pierde su empleo y no puede afrontar la pensión, puede solicitar una reducción o suspensión temporal. Debe demostrar que la pérdida de ingresos es significativa, permanente y no voluntaria.

Por lo general, la pensión se actualiza cada año conforme al Índice de Precios al Consumo (IPC), asegurando de este modo que no pierda su valor con la inflación. También hay otra forma de actualizarla, se puede considerar la variación de los ingresos del alimentante, este método es más complejo y menos utilizado

Sí, pero debe probarse que la disminución de ingresos es significativa y permanente y que no fue provocada voluntariamente.

Modificación de medidas

Sí, pero debe haber un cambio importante en las circunstancias originales que justifique la modificación.

Ejemplo:

Un padre tenía custodia compartida, pero ahora su trabajo lo obliga a viajar constantemente. La madre podría pedir una custodia exclusiva para garantizar estabilidad al menor.

Para solicitar una modificación de la pensión alimenticia, es necesario demostrar un cambio en las circunstancias que se tuvieron en cuenta al momento de fijar la cuantía inicial.

Este cambio debe ser sustancial, estable y no provocado voluntariamente por quien solicita la modificación.

El procedimiento para solicitar la modificación implica presentar una demanda ante el tribunal competente, acompañada de pruebas que respalden el cambio de circunstancias

No, salvo que ambos progenitores estén de acuerdo o un juez lo autorice.

Ejemplo de una situación bastante común:

Una madre quiere mudarse a otra ciudad por trabajo, pero su expareja no está de acuerdo. En este caso, tendría que acudir a un juez para solicitar el permiso.

Cuando no hay acuerdo entre los padres para modificar el convenio regulador, es posible recurrir a un procedimiento contencioso para solicitar la modificación de las medidas acordadas. La modificación puede ser solicitada por cualquiera de los progenitores, y el juez evaluará si las nuevas circunstancias justifican el cambio en el interés del menor. La intervención del Ministerio Fiscal es esencial en estos casos.

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Preguntas frecuentes sobre modificación de medidas

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Preguntas frecuentes sobre incapacitación judicial

Incapacitación judicial

La incapacitación judicial se usaba para restringir legalmente la capacidad de una persona que no podía tomar decisiones por sí misma. Sin embargo, la Ley 8/2021 ha eliminado este concepto y lo ha sustituido por medidas de apoyo para garantizar que las personas con discapacidad puedan tomar decisiones con ayuda si la necesitan.

El nombramiento de un defensor judicial es esencial en situaciones donde los representantes legales no pueden actuar, garantizando así que las decisiones se tomen respetando la voluntad de la persona afectada.

Ejemplo:

Una persona mayor padece Alzheimer avanzado y su familia decide solicitar una medida de apoyo legal para que un tutor administre sus bienes y decisiones médicas en su beneficio.

La legitimación para solicitar medidas de apoyo a la discapacidad está claramente definida en la legislación, permitiendo que el propio interesado, su cónyuge, descendientes, ascendientes o hermanos inicien el proceso.

La capacidad jurídica de las personas con discapacidad ha sido objeto de una reforma significativa con la Ley 8/2021, que busca garantizar su ejercicio en igualdad de condiciones con las demás personas. Esta ley establece que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica plena, y solo en casos excepcionales, cuando no sea posible determinar su voluntad, deseos y preferencias, las medidas de apoyo podrán incluir funciones representativas.

La designación de un tutor legal para una persona incapacitada es un proceso que involucra tanto la voluntad de los progenitores, expresada en testamento o documento público notarial, como la decisión judicial basada en el interés superior del menor.

El juez elige al tutor basándose en el interés de la persona protegida. Se suele priorizar a familiares cercanos, pero si no hay candidatos adecuados, se designa a un tutor profesional o una entidad.

Ejemplo:

Un padre tiene un hijo con una discapacidad severa. En su testamento, deja escrito que su hermana será su tutora cuando él falte. El juez respetará esta voluntad salvo que haya razones para no hacerlo.

La capacidad jurídica se refiere a la aptitud de una persona para ser sujeto de derechos y obligaciones, mientras que la capacidad de obrar es la aptitud para realizar actos jurídicos con eficacia.

Tradicionalmente, se distinguía entre capacidad jurídica y capacidad de obrar, pero esta distinción ha sido superada en relación con las personas con discapacidad. La reforma legal ha eliminado la incapacitación civil, sustituyéndola por medidas de apoyo que permiten a las personas con discapacidad ejercer su capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás. Estas medidas pueden incluir desde el acompañamiento amistoso hasta la toma de decisiones delegadas, siempre respetando la voluntad y preferencias de la persona con discapacidad

Herencia y testamento

  • Obtener el certificado de defunción.
  • Pedir el certificado de últimas voluntades (para saber si hay testamento).
  • Si hay testamento, acudir a un notario para leerlo. Si no lo hay, iniciar un proceso para declarar herederos legales.
  • Hacer un inventario de bienes, así como la justificación documental de cargas, deudas y gastos cuya deducción se solicite.
  • Pagar los impuestos de sucesiones.
  • Firmar la escritura de partición y repartir los bienes.

Cuando una persona fallece sin haber dejado testamento, se abre la sucesión intestada, también conocida como sucesión legal o ab intestato. Esta sucesión se rige por las disposiciones de la ley, que establece un orden de llamamientos para determinar quiénes son los herederos legítimos.

En el derecho común, el orden de llamamientos es el siguiente:

  1. Primero heredan los hijos y descendientes.
  2. Si no hay hijos, la herencia pasa a los padres y ascendientes.
  3. Si no hay ascendientes, hereda el cónyuge.
  4. Si no hay cónyuge, la herencia va a los hermanos y sobrinos.
  5. Si no hay parientes, la herencia pasa al Estado.

Sí, pero solo si hay razones legales, como que el testador no tenía capacidad para hacerlo, que haya sido influenciado de manera indebida o que el documento tenga errores graves.

La impugnación de un testamento puede fundamentarse en la nulidad o anulabilidad de sus disposiciones, dependiendo de la gravedad de los vicios presentes.

Ejemplo:

Un anciano enfermo firma un testamento en el que deja toda su herencia a su cuidador, excluyendo a sus hijos. Si los hijos pueden demostrar que el anciano no estaba en pleno uso de sus facultades o que fue manipulado, pueden impugnar el testamento.

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones debe pagarse en la comunidad autónoma donde residía el fallecido. Dependiendo de la región, pueden aplicarse reducciones y bonificaciones.

Ejemplo:

En Madrid, los hijos que heredan de sus padres pagan un impuesto reducido, mientras que en otras comunidades la cantidad puede ser mayor.

La legítima es una porción del patrimonio del causante reservada por ley a los herederos forzosos, principalmente hijos, descendientes, ascendientes y el cónyuge viudo. Es un tercio del importe total de la herencia.

Ejemplo:

Juan quiere dejar toda su herencia a su nueva pareja, pero tiene dos hijos. La ley obliga a que al menos un tercio de la herencia sea para ellos.

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Preguntas frecuentes sobre herencias y testamento

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Preguntas frecuentes sobre extinción de proindiviso y condominio

Extinción de proindiviso y condominio

Es el proceso por el cual un bien que pertenece a varias personas deja de estar en copropiedad. Puede resolverse de varias formas:

1. Vendiendo la propiedad y repartiendo el dinero.
2. Adjudicándola a un solo copropietario, quien compensa a los demás económicamente.

La extinción puede ser total, cuando un solo comunero se queda con la totalidad del bien, o parcial, cuando solo se reduce el número de copropietarios sin que se elimine completamente la comunidad.

El siguiente ejemplo nos ayuda a entender una situación bastante habitual, la extinción de condominio de una vivienda heredada:

Dos hermanos heredan una casa; uno quiere venderla y el otro quiere quedársela. Para evitar la venta del inmueble, el hermano que desea conservarla puede pagarle a su hermano su parte.

En este artículo sobre la extinción de proindiviso o condominio abordamos en profundidad todas las consultas que puedan surgir en relación a este complejo tema.

En el contexto de la extinción de condominio, la valoración de la propiedad se centra en determinar el valor de la parte que se adjudica a cada comunero. Este proceso implica considerar el valor de la nuda propiedad y el usufructo, especialmente cuando existen derechos de usufructo, uso y habitación.

La valoración se realiza teniendo en cuenta el valor atribuido al usufructo en su constitución, y no al momento de la extinción, lo que excluye la práctica de la comprobación de valor. Además, en casos de extinción de condominio sobre bienes indivisibles, se debe compensar al comunero saliente, lo que puede implicar una compensación en metálico o en especie, sin que esto se considere una transmisión onerosa sujeta a impuestos

Se toma como referencia el valor de mercado de la propiedad en el momento de la extinción, descontando cargas o hipotecas si las hubiera. Siguiendo con el ejemplo de la anterior pregunta:

La vivienda que heredaron los dos hermanos está valorada en 200.000 €. Como cada uno de ellos heredó el 50%, si uno quiere quedarse con la casa, deberá pagarle al otro 100.000 € (o el valor que acuerden entre ellos).

Ningún copropietario está obligado a permanecer en la comunidad de bienes. En el supuesto de que no haya acuerdo para la extinción del condominio, se puede acudir a los tribunales para solicitar la venta forzosa del bien y de ese modo conseguir extinguir el proindiviso.

Este ejemplo es muy clarificador:

Cuatro primos heredan un terreno, tres quieren venderlo, pero uno no. Si no llegan a un acuerdo, los tres pueden demandar para que un juez ordene la venta.

La extinción de la comunidad de bienes no requiere necesariamente la venta de la propiedad, ya que existen alternativas como la adjudicación a un condómino. Esta opción es preferida cuando la cosa es indivisible o su división resulta perjudicial, permitiendo que uno de los comuneros se quede con la propiedad compensando a los demás.

Sí por supuesto, si todas las partes llegan a un acuerdo, se puede extinguir el proindiviso firmando ese acuerdo ante notario o mediante mediación.

Utilidades

Actualidad en derecho de familia