¿Cómo se reparte la herencia entre viuda e hijos?

Como se reparte una herencia
Publicado el: 3 de Octubre de 2022

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Es uno de los momentos más tristes de la vida, pero todos nos tenemos que plantear, en un momento dado, la muerte de nuestro padre. Y, en este momento de tristeza y desazón absoluta, puede que una pregunta llegue a la mente: ¿Qué corresponde a cada heredero? ¿Cómo se reparte entre la pareja viuda y los hijos?

En este artículo queremos dar respuesta a las preguntas más habituales en el reparto de una herencia, entre otras:

  • Reparto de herencia con o sin testamento
  • Cómo se reparte una herencia sin testamento entre la viuda y los hijos
  • Qué herencia corresponde a los hijos si fallece uno de los padres
  • Cómo es el reparto de herencia en régimen de gananciales en matrimonio con hijos

Existencia (o no) de testamento

Si hay testamento, se debe hacer lo que indica este y repartir los bienes, derechos y obligaciones tal y como el fallecido disponga. Cualquier testamento debe respetar la legítima, la porción de bienes que el testador tiene que reservar por ley a los herederos forzosos. Según el artículo 807 del Código Civil, estos herederos son:

  • Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  • A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  • El viudo o la viuda en la forma y medida que establece este código.

Es posible que se desconozca la existencia de testamento, por lo que se debe acudir al Registro General de Actos de Última Voluntad, donde se encuentran todos los hechos por una persona. El Registro General de Seguros de Vida por fallecimiento también puede ser útil, ya que se verá si el fallecido tenía contratos en vigor.

En el caso de no existir testamento, que suele ser lo más habitual, es la ley quien define a los herederos y la porción de la herencia que corresponde a cada uno, algo que se conoce como sucesión intestada. La herencia no es de recibo obligado, y puede aceptarse o no durante un plazo de 30 días.

Herederos forzosos y herencia sin testamento

En el caso de haber herederos forzosos y sin testamento, la herencia se debe dividir en tres partes iguales:

  1. En primer lugar, la ya mencionada legítima, que se reparte a partes iguales entre hijos y descendientes a partes iguales. Los de grado más cercano inhabilitan la herencia de los de grado más lejanos. Dicho de otra manera: un hijo heredará y un nieto no lo hará, pero, en caso de estar el hijo muerto, será el nieto el que herede.
  2. En segundo lugar, la mejora, que se reparte entre hijos y descendientes, pero no a partes iguales necesariamente, sino para mejorar lo recibido por uno o varios de los herederos forzosos.
  3. En último lugar, el tercio de libre disposición, donde el testador podrá dejárselo a otra persona, ya sea familiar o no.

En cuanto a la pareja viuda, tendrá derecho al usufructo del tercio destinado a mejora, además de recibir el ajuar doméstico de la vivienda común y el derecho de uso de la vivienda, en el caso de estar casado en gananciales. En el caso de que concurriera con otros parientes del fallecido, la viuda tendría derecho a la mitad de la herencia. En el caso de no existir ascendientes ni descendientes, tendría pleno dominio de todos los bienes del cónyuge fallecido.

Clases de partición de la herencia

Hay diferentes maneras de que esta partición, que significa el fin del procedimiento que inicia la muerte, se lleve a cabo:

  • Practicada por el testador: según el testamento dejado por el finado, siempre que se respeten las legítimas de hijos y viudo o viuda.
  • Practicada por el contador-partidor: según el testamento dejado por el finado, un contador partidor es encargado por el testador para realizar la partición de su herencia tras interpretar su testamento.
  • Practicada por los herederos: Sin testamento ni contador-partidor, los herederos pueden distribuir la herencia tal y como convengan.
  • Practicada judicialmente: si los herederos no llegan a un acuerdo sobre la partición, cualquiera de ellos podrá realizar el procedimiento de división judicial de la herencia.

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