Obligación de buscar un acuerdo antes del juicio: Ley de eficiencia en la Justicia

Obligación de buscar un acuerdo antes del juicio: Ley de eficiencia en la Justicia
Obligación de buscar un acuerdo antes del juicio: Ley de eficiencia en la Justicia
Publicado el: por Rus María Muñoz Gómez

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¿Sabes que, en algunas materias, es obligatorio intentar un acuerdo antes de ir a juicio? En abril de 2025 entró en vigor la Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia que ha supuesto un gran cambio para los ciudadanos y los profesionales del derecho (abogados, procuradores, jueces etc. ¿Qué implica esta norma para una persona que quiere reclamar una deuda, resolver un conflicto con su empresa o iniciar un procedimiento de divorcio? ¿Supone un obstáculo o una oportunidad? En este artículo respondemos con claridad y sin tecnicismos, a las preguntas que ya están empezando a surgir.

¿Qué implica la obligación de intentar un acuerdo extrajudicial?

La ley introduce lo que se llama “medios adecuados de solución de controversias” que pueden ser la mediación, la conciliación o la negociación asistida por abogado, entre otros.

Según el texto, acudir a alguna de estas vías es un requisito previo y obligatorio para poder presentar una demanda en vía civil o mercantil. El objetivo es resolver los retrasos judiciales debido a la interposición de numerosas demandas en los tribunales.

Es decir, si quieres ir a juicio, primero tienes que demostrar que has intentado un acuerdo por alguna de estas vías.

¿Qué medios se pueden utilizar para alcanzar un acuerdo?

Se pueden utilizar varios medios como los siguientes:

  • La mediación regulada por la Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
  • La conciliación. Puede realizarse ante Notario registrador, letrado de la Administración de Justicia o juez de paz.
  • La oferta vinculante confidencial. En este caso, una persona hace una oferta vinculante confidencial a otra que puede aceptar o no.
  • La designación de un experto independiente por las partes. En este caso las partes nombran a una persona experta para que emita una opinión vinculante.
  • El proceso colaborativo. En este caso cada parte tiene un abogado que debe de ser colegiado ejerciente y acreditado en derecho colaborativo.
  • Cualquier otro medio adecuado para la solución de controversias.

¿Es obligatorio el intento de acuerdo en todos los casos?

No, existen varios casos en los que no se aplica la obligación de acuerdo previo al juicio. Son los siguientes:

  • Asuntos laborales, penales y concursales.
  • Asuntos en los que una de las partes sea una entidad del sector público.
  • Conflictos relativos a materias que son indisponibles por las partes.
  • Conflictos civiles que se excluyen de la mediación

En el ámbito civil la regla general es que no se puede presentar una demanda si no se ha realizado antes una negociación. Pero hay excepciones en cuanto a varias materias (casos en los que no es necesaria la negociación previa):

  • Tutela judicial de derechos fundamentales.
  • Prestaciones de alimentos.
  • Adopción de medidas de apoyo para personas con discapacidad.
  • Procesos de filiación, paternidad y maternidad.
  • Tutela sumaria en caso de demoliciones o derribos.
  • Protección de menores.
  • Expedientes de jurisdicción voluntaria.
  • Juicio cambiario.

¿Por qué se implementa esta medida?

Básicamente, por lo que hemos citado: porque la justicia en España está saturada. Y, en muchos casos los conflictos podrían haberse resuelto con diálogo y negociación. De hecho, un gran número de procedimientos judiciales acaban en acuerdo durante el procedimiento.

Por lo tanto, la ley busca evitar juicios innecesarios, ahorrar costes, reducir los plazos y liberar a los juzgados para que se centren en lo realmente conflictivo.

¿Cómo se acredita que se ha intentado un acuerdo?

Como consecuencia de lo anterior, se ha modificado la Ley de Enjuiciamiento Civil para regular que junto con la demanda se debe presentar el documento que acredite haber intentado antes una negociación. La negociación puede realizarse de forma directa o a través de abogados.

Para acreditar el acuerdo se pueden utilizar diversos medios:

  • Si no ha habido una intervención de terceras personas se puede acreditar el intento de acuerdo mediante un documento firmado por las partes en el que aparezca la identificación de las partes, la identificación de las personas expertas que hayan asesorado, la fecha, el objeto de la controversia, las reuniones que se hayan mantenido y la declaración responsable de las partes de que han intervenido de buena fe en el proceso de negociación.
  • Si ha intervenido una tercera persona esta emitirá un Certificado con el mismo contenido y si una de las partes no ha comparecido a las reuniones o ha rehusado la invitación se incluirá esta circunstancia en el documento junto con la forma en la que se haya realizado la citación y la justificación de que se ha realizado.

Si se alcanza un acuerdo, se puede formalizar en escritura pública ante Notario o solicitar la homologación judicial, de esta forma se podrá solicitar la ejecución del acuerdo.

¿Qué ocurre si la otra parte se niega a participar en la negociación?

La norma contempla esta posibilidad y si una de las partes se niega a participar o no comparece, se considerará cumplido el requisito. Lo importante es que quede constancia documental de ese intento. De esa forma se podrá presentar la demanda directamente.

¿Qué puede hacer un abogado por ti en este paso previo?

En todos los casos un abogado te puede ayudar de muchas formas:

  • Elegir el mecanismo más adecuado (mediación, conciliación o negociación asistida, entre otros).
  • Negociar en base a tus indicaciones con la otra parte o con sus abogados.
  • Acompañarte y representar tus intereses en todo momento, en reuniones, llamadas de teléfono y procesos judiciales.
  • Preparar una demanda si el acuerdo no es posible y hay que ir a juicio.

En definitiva, la obligación del intento de un acuerdo previo que regula la Ley de Eficiencia Procesal quiere cambiar la forma en que entendemos los conflictos legales en España. Antes de acudir a los juzgados, habrá que intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial.

En G. Elías y Muñoz Abogados llevamos más de 25 años ayudando a personas en situaciones complejas como la tuya. Te ayudamos a decidir la mejor vía para resolver el conflicto. Contacta con nosotros y analizaremos tu caso.

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