Prescripción de deudas en España

Prescripción de deudas en España
Prescripción de deudas en España
Publicado el: por Constanza Sánchez Sanchez

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Estamos convencidos de que, si has llegado hasta aquí, es porque te interesa saber cómo funciona el sistema de prescripción de deudas en España, el cual se encuentra regulado dentro del Código Civil. Es normal. Al fin y al cabo, se trata de un tema legal de vital importancia tanto para acreedores como para deudores. Por ello, queremos dedicarle este artículo. Presta atención.

Lo primero de todo: ¿qué se entiende por prescripción de deudas?

La prescripción de deudas es un mecanismo legal por el cual, transcurrida una determinada cantidad de tiempo, un acreedor deja de tener derecho de solicitar legalmente el pago de una deuda a un deudor. Es decir, por el que una persona física o jurídica que prestó dinero u otros bienes a otra deja de contar con el derecho a reclamarlo legalmente, por lo que queda eximido de su abono. La prescripción de deudas en el Código Civil aparece regulada entre los artículos 1961 y 1975.

Requisitos para que una deuda pueda prescribir

Determinar el plazo de prescripción de deudas en nuestro país no es tan sencillo como pudiera parecer. Y es que, según el Código Civil, han de cumplirse una serie de requisitos para que esto suceda. Vamos a verlos:

  • La deuda debe ser prescriptible, es decir, estar sujeta a prescripción. Según el artículo 1965 del Código Civil, no lo son las divisiones de herencias entre coherederos, los deslindes de propiedades contiguas, las divisiones de bienes comunes entre comuneros y aquellas deudas de carácter privado que fuesen elevadas a escritura pública.
  • Es obligatorio que el acreedor haya pasado el tiempo suficiente sin tomar ninguna medida para cobrar la deuda. Según la reforma de la legislación civil aplicada mediante la Ley 42/2015, las deudas sin plazo especial prescriben a los 5 años. Pero, si tienen el citado carácter especial, pueden tener un plazo menor o mayor.
  • Las prescripciones de deuda no son declaradas de oficio. Con esto queremos decir que, para que sea considerada como tal, el deudor está obligado a iniciar el procedimiento para tal fin. En este sentido, no confundas prescripción con caducidad, ya que esta última sí puede ser declarada de oficio.

Entonces, ¿cuándo prescribe una deuda?

Una vez aclarados los requisitos, confirmado que sí, que las deudas prescriben, y especificado que el plazo general es de 5 años, llega el momento de ahondar en esta cuestión. La razón es que el origen de la deuda puede afectar notablemente a los plazos de prescripción.

Prescripción de deudas personales

Sería el caso, por ejemplo, de una deuda originada por un préstamo personal, es decir, sin garantía hipotecaria. En caso de que en el contrato no se fijara un plazo diferente, se considerará prescrita a pasados 5 años desde el momento en el que el acreedor pudo exigir el cumplimiento de la obligación de pago y no lo hizo.

Ahora bien, algunas comunidades autónomas tienen potestad para cambiar este plazo de prescripción. Por ejemplo, el Código Civil de Cataluña eleva el plazo general de prescripción de deudas a 10 años, siendo así más exigente que el marco común español.

Prescripción de deudas comerciales

Aquí hablaríamos de las deudas documentadas mediante pagarés o letras de cambio que surgen entre dos empresas por la compraventa de mercancías o la prestación de un servicio. En este caso, el lapso de tiempo que debe transcurrir para que la deuda prescriba es de 3 años.

Prescripción de deudas tributarias

Hablamos, en concreto, de aquellas que hayas podido contraer con la Seguridad Social o con la Agencia Tributaria. Por ejemplo, si eres un trabajador autónomo que, por una mala racha, no ha podido pagar regularmente su cuota y sus declaraciones de IRPF e IVA.

En estos supuestos, el plazo de prescripción queda a medio camino entre los dos casos anteriores y se fija en 4 años. Ahora bien, hay una diferencia notable respecto a ellos: la prescripción de las deudas tributarias sí puede ser aplicada de oficio, es decir, sin que sea necesario que la invoque el deudor.

Prescripción de sanciones administrativas

Por ejemplo, de las multas de tráfico o por cometer ciertos actos incívicos, como orinar en la calle. Para determinar el plazo de prescripción de este tipo de deudas es necesario saber cuál fue la gravedad de la acción:

  • Infracciones leves: 1 año.
  • Infracciones graves: 2 años.
  • Infracciones muy graves: 3 años

El plazo de prescripción de las faltas da comienzo desde el momento en el que se cometió la falta o, en su defecto, se detectó la conducta infractora por parte de una autoridad competente para sancionarla. Pero, si se trata de una sanción, empezará cuando la resolución que la impuso puede ser ejecutada.

Prescripción de deudas hipotecarias

Aquí no solo debes tener en cuenta el Código Civil, sino también la Ley Hipotecaria, que en su artículo 128 establece un plazo de prescripción de 20 años, los cuales empiezan a computar desde el momento en que se produce el impago.

Prescripción de deudas específicas

En primer lugar, hay que entender qué establece el Código Civil como deudas específicas. En concreto, habla de:

  • Honorarios, gastos, desembolsos y derechos de jueces, abogados, notarios, peritos, funcionarios registrales y cualquier otro profesional relacionado con asuntos legales.
  • Servicios farmacéuticos por medicamentos.
  • Gastos de comida y habitación en restaurantes y hoteles, por ejemplo.
  • Jornales, suministros y gastos a los trabajadores.

En todos estos casos, la prescripción de la deuda tiene lugar transcurridos 3 años. La única excepción es la de aquellas deudas derivadas de la reparación de los daños causados a consecuencia de una responsabilidad extracontractual, en cuyo caso se reduce a 1 año.

¿Cómo se interrumpe el plazo de prescripción?

El plazo de prescripción queda automáticamente interrumpido en el momento en el que el acreedor reclama la deuda legalmente o, en su defecto, el deudor la reconoce expresamente. Este acto conlleva que se reinicie, es decir, que vuelva a comenzar desde el principio.

Eso sí, la reclamación de la deuda no puede hacerse de cualquier manera. Es necesario que el acreedor la reclame al deudor mediante una demanda judicial o de conciliación. También puede realizar una reclamación extrajudicial por escrito mediante cualquier medio que deje constancia fehaciente de su intención de cobrar, como puede ser un burofax. Esto sirve para reiniciar el plazo, pero para garantizar el cobro, siempre es mejor recurrir a la justicia.

Esperamos con esto haber aclarado todas tus dudas en torno a la prescripción de deudas en España. Pero, si te ha quedado alguna duda, quieres reclamar una deuda o te la han reclamado a ti y necesitas asesoramiento y defensa legal, ponte en contacto con nosotros. Nuestro equipo de abogados se encargarán de velar por tus derechos e intereses.

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