Diferencia entre baja médica y baja laboral. Tipos de baja y causas

 Baja laboral y baja médica. Tipos de baja y causas
Publicado el: 2 de Febrero de 2024

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Todos los trabajadores, en algún momento de nuestras vidas profesionales, nos vemos obligados a darnos de baja médica. Es decir, a solicitar la incapacidad temporal a nuestro médico de atención primaria de la seguridad social puesto que no estamos en las condiciones de salud adecuadas como para desarrollar las tareas para las que nos contrataron. Aquí queremos hablar de esta cuestión en profundidad y explicar cuáles son todos los tipos que existen. En cualquier caso, si te encuentras en una situación de baja laboral, recomendamos que te asesores con un abogado laboralista experto en la materia.

¿Qué es una baja laboral?

La baja laboral es un derecho reconocido en el Estatuto de los Trabajadores y que se encuentra regulada en el Real Decreto 625/2014. Lo correcto, en términos legales, es llamarla incapacidad temporal. Es decir, son términos sinónimos.

Entonces ¿qué es la incapacidad temporal o baja laboral? En concreto, se trata de una situación por la cual un trabajador no puede desempeñar las tareas asociadas a su puesto por motivos de salud. Se considera como una ausencia justificada siempre que sea concedida por un médico de atención primaria.

Evidentemente, las bajas por incapacidad temporal tienen una duración limitada. Generalmente, el facultativo expide un parte semanal, que debe ser renovado hasta que el trabajador esté en condiciones de retomar su actividad profesional.

Durante todo ese tiempo, el trabajador recibe un subsidio que sustituye a su salario. El propósito es que, aunque no esté obligado a trabajar para su empresa, pueda seguir cotizando y recibiendo un ingreso que le permita subsistir.

Según el Estatuto de los Trabajadores, este subsidio se empieza a cobrar a partir del cuarto día de baja médica. Sin embargo, muchos convenios prevén compensaciones durante esos tres primeros días. Lo dicho en estos textos legales queda por encima.

¿Cuál es la diferencia entre baja médica y baja laboral?

Baja médica y baja laboral son sinónimos. Ambos conceptos se pueden englobar dentro del término “incapacidad temporal”, que es el previsto por las leyes y que hemos explicado anteriormente.

Sin embargo, siendo puntillosos, podríamos hacer una diferencia. En concreto, hay expertos que utilizan el término baja médica para hacer referencia a las incapacidades temporales por contingencias comunes, que son aquellas que no guardan relación con la actividad profesional del trabajador. Asimismo, emplean el de baja laboral para referirse a enfermedades y accidentes que son consecuencia de las tareas asociadas al empleo.

Tipos de bajas laborales

Hay varios tipos de bajas médicas que, como hemos comentado anteriormente, podemos englobar en dos grandes grupos. Vamos a verlos.

Bajas médicas por contingencias comunes

Estadísticamente, son las bajas laborales más comunes. Estos períodos de incapacidad temporal pueden darse por:

  • Enfermedad común. Por ejemplo, un resfriado o una operación quirúrgica con su correspondiente período de recuperación que no sea consecuencia de la actividad profesional del trabajador.
  • Accidente común. Es decir, aquel que podemos sufrir en cualquier momento. Hablaríamos, por ejemplo, de las lesiones sufridas durante un accidente de tráfico (siempre que no sean in itinere ni como consecuencia de un traslado durante el horario de trabajo) o de una fractura en un hueso mientras jugamos un partido de fútbol con los amigos.

En este caso, el trabajador pasará a percibir el 60 % de su base reguladora desde el cuarto día de baja hasta el vigésimo. En caso de que la situación de incapacidad temporal se prolongue más allá, empezará a percibir el 75 % a partir del vigésimo primero.

Cabe decir que el convenio laboral puede especificar umbrales mayores. Por ejemplo, la empresa puede abonar el salario de los tres primeros días o añadir una compensación al subsidio que permita al trabajador percibir el 100 %. Pero no es obligatorio.

Baja laboral por contingencias profesionales

Las contingencias profesionales son también motivos de baja laboral. En concreto, hacemos referencia a:

  • Enfermedad profesional. Se trata de problemas de salud derivados de la propia actividad del empleado dentro de la empresa para la que trabaja. Sería el caso, por ejemplo, de un minero que, a causa de la inhalación prolongada de partículas minerales en suspensión, desarrolla bronquitis crónica.
  • Accidente profesional. Aquí hablamos de todo aquel accidente que se produce durante la jornada laboral y que guarda relación estrecha con la actividad laboral. Por ejemplo, podríamos citar a un albañil que se cae de un andamio mientras realiza la reparación de una fachada.

En estos casos, la Ley de la Seguridad Social establece que el trabajador percibirá un subsidio equivalente al 75 % de su base reguladora desde el día posterior a sufrir el accidente o ser diagnosticado de una enfermedad profesional, sin perjuicio de un umbral superior fijado en el convenio.

Al igual que en el caso, anterior, es un médico de atención primaria el que debe conceder la incapacidad temporal, si bien es cierto que aquí las mutuas juegan un papel importante. Para hacerlo, será necesario que aclare que la situación de incapacidad temporal está relacionada con el desarrollo de la actividad profesional.

Requisitos para solicitar la baja laboral

No todos los trabajadores pueden cobrar el subsidio por incapacidad temporal. Para poder hacerlo, es necesario que cumpla los siguientes requisitos:

  • Encontrarse en situación de alta en la Seguridad Social. Puede ser en el Régimen General (trabajadores por cuenta ajena) o en el Régimen Especial (autónomos).
  • En caso de que la incapacidad temporal sea derivada de una contingencia común, el trabajador deberá haber cotizado 180 días en los anteriores 5 años. Este requisito desaparece en caso de contingencia profesional.
  • Certificado médico. Un profesional de atención primaria debe verificar el estado de salud del trabajador y darle el parte de incapacidad temporal. Posteriormente, en caso de ser necesario, deberá expedir los partes de confirmación hasta llegar a la situación de alta.

Una vez que se produzca el alta, el trabajador tiene 24 horas para reincorporarse a su trabajo. En caso de que el día siguiente sea festivo o no laborable, tendrá que hacerlo la próxima jornada considerada hábil.

En definitiva, ya sabemos cuáles son las diferentes causas de baja laboral y qué tipos existen. Como hemos podido ver, la diferencia fundamental estriba en si el hecho que da lugar a la incapacidad temporal es consecuencia de la propia actividad profesional del trabajador o no. Esperamos haberte sido de ayuda a resolver tus dudas y a entender cómo funciona el sistema.

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