Aumentan las muertes laborales por calor: descubre las obligaciones de empresarios y trabajadores

Aumentan las muertes laborales por calor: descubre las obligaciones de empresarios y trabajadores
Aumentan las muertes laborales por calor: descubre las obligaciones de empresarios y trabajadores
Publicado el: por G.Elías & Muñoz Abogados

Tabla de contenidos

Según datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) las muertes relacionadas con el calor en el lugar de trabajo han aumentado un 42% en la Unión Europea. Vivimos olas de calor cada verano y cada vez son más frecuentes, comienzan antes y duran más tiempo. En el mes de junio, en plena ola de calor, una trabajadora del servicio de limpieza de Barcelona falleció tras su jornada de trabajo y se está investigando si fue debido al calor.

Varios estudios de la Confederación Europea de Sindicatos indican que cuando la temperatura supera los 30 grados los riesgos de accidentes laborales se incrementan hasta un 7% y si se superan los 38 grados, el riesgo se incrementa hasta un 15%. Por lo tanto, es necesario conocer medidas y que se conozcan los derechos y obligaciones de empresarios y trabajadores.

¿Qué derechos tengo en el trabajo ante una ola de calor?

Los trabajadores, con carácter general, tienen derecho a que se proteja su salud y seguridad en el trabajo, por lo tanto, también deberán ser protegidos ante condiciones meteorológicas adversas como una ola de calor, especialmente cuando se trabaja al aire libre o en lugares con altas temperaturas.

El trabajador tiene derecho a que se adapte la jornada de trabajo cuando la Agencia Estatal de Meteorología declare una situación de riesgo por temperaturas extremas (niveles naranja o rojo).

También tiene derecho a que se realice una evaluación de riesgos en relación a las altas temperaturas.

Por otro lado, tendrá derecho a disponer de agua fresca y ropa adecuada para protegerse del calor.

Además, en función de lo establecido en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores tendrá hasta 4 días de permiso retribuido si existe una imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación por recomendaciones o limitaciones de las autoridades competentes derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso.

¿Qué obligaciones tiene el empresario?

El empresario se enfrenta a una serie de obligaciones derivadas de la necesidad de proteger la salud de sus trabajadores. Son las siguientes para el caso de una ola de calor:

  • Planificar el trabajo para que las tareas más pesadas y que se desarrollan al sol, se hagan en las horas menos calurosas o no se hagan si las temperaturas son extremas.
  • Organizar el trabajo para que se hagan paradas frecuentes en la actividad para descansar y refrescarse.
  • Dejar a disposición de los empleados agua fresca.
  • Tener lugares sombreados si se trabaja al aire libre o lugares refrigerados si es en un lugar cerrado.
  • Formar e informar a los trabajadores sobre las medidas de prevención de riesgos laborales a tomar y sobre la forma de detectar si sufren los efectos de un golpe de calor.
  • Monitorizar las condiciones ambientales del lugar de trabajo, temperatura y humedad, para poder tomar medidas en el caso de que no sean las adecuadas.
  • Proporcionar ropa y calzado adecuados para las temperaturas altas.
  • Establecer un sistema para controlar la salud de los trabajadores de forma periódica, especialmente en los casos de personas con riesgo.
  • Incluir sistemas de ventilación y refrigeración en espacios de trabajo cerrados.

Como trabajador es importante también que te cuides y que, si te sientes mal debido al calor, avises a tu supervisor para que tome las medidas oportunas.

En G. Elías&Muñoz Abogados hemos ayudado a muchas personas en situaciones laborales difíciles. Estamos especializados en directivos y altos cargos. Si tienes un problema en tu trabajo contacta con nosotros para que estudiemos tu caso y te asesoremos.

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