¿Es válido el despido verbal?

¿Es válido el despido verbal?
Publicado el: 3 de Agosto de 2022

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Todos los despidos deben ser notificados a los trabajadores por escrito a través de la denominada carta de despido, en la que se indica claramente el motivo del despido, ya sea objetivo pudiendo ser por pérdida económica o cambios en la producción, o disciplinaria que en este caso sería por errores cometidos por el trabajador. Sin embargo, muchas empresas despiden verbalmente a los trabajadores, a veces por ignorancia, y principalmente para ahorrar dinero. Por ello, en estos casos lo mejor es asesorarse con un abogado laboralista. Él le ayudará a manejar la situación y le mostrará todos los pasos que debe seguir para obtener su carta de despido. Esta será la mejor opción para poder reclamar todo lo que le pertenece como trabajador.

En el artículo 55 de la ley de los trabajadores establece que el despido verbal es un despido improcedente en el que el trabajador tiene derecho a una indemnización además de la correspondiente liquidación.

Aún así, este problema no debe preocupar al trabajador ni forzar la carta de despido, porque todos los errores que comete el jefe al tomar la decisión de despedir sólo pueden beneficiar al trabajador si se hace una sentencia judicial al respecto.

¿Qué pasa con los trabajadores que son despedidos verbalmente?

Uno de los problemas al que se enfrentará el trabajador es demostrar que ha sido despedido y no renuncia voluntariamente. En el caso de que el empleador informara a la oficina de empleo que el despido es una decisión voluntaria del trabajador, se complicaría su derecho a las prestaciones por desempleo.

Por tanto, el trabajador despedido debe obtener pruebas de que se ha producido el despido, pero debe ser muy pronto y sin superar los 20 días hábiles en los que debe demandar por el despido. Hay que tener en cuenta que si se excede el plazo de enjuiciamiento, no habrá nada que hacer.

Lo primero que debe hacer un trabajador es pedirle que presente su despido por escrito. Siempre es útil si se puede encontrar a alguien que estuviera o escuchara el diálogo, aunque si todavía son personal de la empresa, es difícil que quieran declarar a su favor.

Otra opción es grabar conversaciones entre usted y su jefe. Si hay una disolución repentina, muchas veces es imposible grabar el diálogo, pero si sospechas que puede haber una disolución, puedes intentar grabarla.

En los juicios laborales, estas conversaciones grabadas son válidas, incluso sin previo aviso de que están siendo grabadas, siempre que el trabajador participe en la conversación. Si no hay testigos o grabaciones de la conversación, lo mejor es tratar de que la empresa reciba y selle una carta que indique que fue despedido verbalmente ese día y confirme esta información por escrito. Si la empresa no quiere enviarnos una copia sellada de la carta, se debe enviar un burofax a la empresa el mismo día con prueba de contenido y confirmación de recibo.

Si hay representantes de los trabajadores, es recomendable entregarles una carta de despido verbal para que puedan demostrar que la han recibido y, si es posible, declarar. Finalmente, si no consigue nada de lo anteriormente dicho, es conveniente ir a trabajar al día siguiente como si no estuviera despedido, evitando la acción disciplinaria que la empresa realmente le despide por no acudir a su puesto.

Siempre es más conveniente hacerlo con varios testigos, y si su jefe no le deja pasar, es aconsejable llamar a la policía para levantar un acta del incidente, o conseguir un notario. Ésta última opción es más cara, pero es mucho más eficaz como medio de prueba.

Requisitos para que un despido sea válido

  • El empresario tiene que notificar los motivos y la fecha efectiva del despido.
  • El empleado tiene derecho de tenerlo todo por escrito para el día de mañana poder realizar una futura impugnación en el Juzgado de lo Social.
  • Aunque al trabajador le despidan verbalmente tendrá 20 días hábiles para su impugnación.
  • Al ser verbal, se considera que el despido es improcedente por lo tanto el trabajador tiene derecho a recibir una indemnización máxima.

¿En qué casos sería despido nulo?

El hecho de que no haya carta de despido no hace que el despido sea nulo, pero sí se producirá si concurre alguna de las siguientes condiciones:

  • Se extingue la empresa a petición del trabajador, por lo que se pone en riesgo la garantía de indemnización.
  • Reducir el tiempo de trabajo para cuidar a niños pequeños o miembros de la familia.
  • Las mujeres embarazadas, incluso si la empresa no lo sabe.
  • Los padres toman licencia por maternidad o maternidad durante doce meses después del nacimiento del niño.
  • Cualquier actuación de la empresa que discrimine o vulnere los derechos básicos de los trabajadores.

¿Cómo presentar una demanda por despido?

Para dicho trámite, como hemos explicado anteriormente, el trabajador tendrá 20 días hábiles para realizarlo. Para ello, lo primero que debe hacer es mandar un burofax a la empresa que le ha despedido.

Este burofax presentado será un documento necesario para demostrar que el despido efectivamente se ha producido. En los casos de despido de un trabajador sin contrato, éste será también un documento necesario para acreditar la existencia de una relación laboral. A continuación se tendrá que presentar una papeleta de conciliación.

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