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Hay una pregunta que a todas las personas casadas les surge en el momento en el que se produce el fallecimiento de sus progenitores: “¿qué derecho tiene mi pareja sobre mi herencia?” Por suerte, la respuesta es más sencilla de lo que parece, ya que esta cuestión aparece claramente recogida en el Código Civil. Aquí vamos a explicártela de un modo sencillo para que lo puedas entender sin grandes conocimientos de Derecho.
¿El régimen matrimonial influye?
Como bien sabrás, en España existe la posibilidad de contraer matrimonio bajo dos regímenes diferentes. El más habitual todavía, aunque se encuentre en claro descenso estadístico, es la sociedad de gananciales, la cual dicta que todos los bienes adquiridos después de la unión se consideran comunes de ambos cónyuges. El otro régimen es el de separación de bienes, el cual estipula que cada cónyuge mantiene la propiedad de los bienes adquiridos antes y después de contraer matrimonio.
¿Los bienes heredados son privativos o gananciales?
Sin embargo, las herencias son privativas. En términos legales, esto quiere decir que los bienes que la componen pertenecen de forma única y exclusiva a la persona que los hereda.
Como dijimos antes, la sociedad de gananciales establece que todos los bienes adquiridos tras la celebración del matrimonio pasan a ser comunes. Sin embargo, el derecho a la herencia se considera anterior, por lo que, aunque se haga efectivo cuando la unión ya se ha celebrado, el cónyuge no tiene derecho de propiedad sobre ella.
Ahora bien, ¿mi esposa o mi marido tiene derecho a la herencia de mis padres de algún modo?
Como ya hemos dicho, el cónyuge no tiene derecho alguno sobre la propiedad de la herencia, sin importar si la pareja conformó una sociedad de gananciales o de separación de bienes en el momento de contraer matrimonio.
A pesar de ello, sí que puede beneficiarse del uso y disfrute del bien heredado por su pareja. Por ejemplo, imagina que heredas la casa de tus padres y que decides vender la que compartes con ella y mudarte allí. En ese caso, tu cónyuge hará uso de la casa, aunque la propiedad sea exclusivamente tuya.
Esta es una de las cuestiones que más dudas genera a la hora de determinar si mi marido o mi esposa tiene derecho a la herencia de mis padres. Fundamentalmente, porque puede transmitirse la idea de que, al compartir uso, disfrute e incluso gastos, la propiedad pasa a ser ganancial.
Pero no es así. En caso de producirse una separación o divorcio, el bien heredado no entraría dentro de la liquidación de la sociedad de gananciales, quedando en propiedad exclusiva del cónyuge que la heredó.
¿Con las deudas heredadas pasa lo mismo?
Siempre tendemos a mirar la parte buena de las herencias, cuando lo cierto es que también pueden conllevar el pago de deudas. En ese caso, tampoco entran a formar parte de la sociedad de gananciales, sino que es el cónyuge que hereda el que debe hacerles frente con su propio patrimonio.
Evidentemente, esto puede resultar problemático para la pareja en términos económicos. De hecho, es un motivo frecuente por el que se firman capitulaciones matrimoniales. Otra opción interesante y bastante habitual consiste en ceder parte de la propiedad al cónyuge para así hacer frente de manera conjunta a las deudas.
¿Qué pasa con la herencia heredada si el cónyuge fallece?
Entramos en un punto que puede resultar bastante problemático. En caso de que la propiedad heredada se haya mantenido como privativa durante el matrimonio sin que se hayan producido cambios en la titularidad, la ley establece que pasará a manos de los herederos legítimos, quienes habitualmente son los hijos.
En caso de que la herencia incluya la vivienda en la que residió la pareja, el cónyuge superviviente puede tener derecho a seguir usándola durante un tiempo determinado. En este caso, habrá que atender a lo dispuesto en la normativa vigente y, sobre todo, en el testamento, si es que el fallecido dejó alguno.
Las herencias en gananciales: conclusiones
Llegado a este punto, hay una serie de aspectos que debes tener claros. El primero de ellos es que las herencias son privativas y, por tanto, aunque estés casado en gananciales, tu pareja no tiene derecho legal alguno sobre los bienes que recibas, si bien es cierto que puede disfrutarlos en determinadas circunstancias.
Esto, que puede resultar positivo de cara a proteger tu patrimonio en caso de separación o divorcio, tiene un reverso problemático. Por un lado, si la herencia está asociada a algún tipo de deuda, tu pareja puede negarse a prestarte soporte económico para que les hagas frente. Al menos, si no le cedes una parte de la titularidad de esos bienes, lo que haría que se perdiera dicho carácter privativo.
Del mismo modo, si no haces testamento o no compartes la propiedad y, por ejemplo, ambos vivís en una vivienda que heredaste en el pasado, puedes dejar a tu pareja en un aprieto si falleces de forma repentina. Al fin y al cabo, ella no tendría derecho alguno sobre ella tras tu muerte y las decisiones pasarían a tomarlas tus herederos legítimos.
Dicho esto, te recomendamos ponerte en contacto con nuestros abogados especialistas en herencias en caso de que albergues aún cualquier tipo de duda acerca de cuáles son los derechos que tiene tu pareja sobre tu herencia. Estaremos encantados de resolverla y de ayudarte a tomar la mejor decisión.

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