Reducción de jornada: ¿será posible en un futuro cercano?

Reducción de jornada: ¿será posible en un futuro cercano?
Reducción de jornada: ¿será posible en un futuro cercano?
Publicado el: por Vicente García Elías

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Durante este año hemos visto cómo se elaboró un anteproyecto de ley por el que se quería reformar y reducir la jornada laboral que existe en la actualidad. En septiembre de este año, se rechazó ese proyecto en el Congreso, por lo que se ha vuelto al punto de inicio y la pregunta es si será posible, en un futuro cercano, que se apruebe la reducción de jornada. En este artículo analizamos la situación en España, la regulación actual y qué perspectivas hay ahora mismo.

¿Cuál es la duración máxima de la jornada laboral en España?

Para entender mejor la situación actual en España, vamos a partir de la regulación en nuestro país de la jornada laboral que se establece en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores que regula lo siguiente:

  • La duración de la jornada de trabajo será la que se pacte en los convenios colectivos o los contratos de trabajo. Por lo tanto, prima la negociación para establecer cuánto dura la jornada.
  • La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. Por lo tanto, esas 40 horas a la semana son el máximo en España.

La regulación de la jornada de trabajo en otros países europeos

La regulación en otros países de la Unión Europea es la siguiente:

  • En Alemania el máximo son 40 horas semanales, aunque, en ocasiones, existen sectores en los que se han pactado jornadas más cortas, de entre 35 y 30 horas a la semana.
  • En Francia desde el año 2000 la jornada de trabajo es de 35 horas a la semana.
  • En Italia la jornada es también de 40 horas.
  • Los Países Bajos tienen una de las jornadas laborales más reducidas, con entre 30 y 36 horas semanales.
  • Sin embargo, en Grecia encontramos una de las jornadas más amplias con entre 40 y 48 horas a la semana.
  • En Suecia hay sectores con jornadas de entre 30 y 35 horas semanales y la jornada habitual es de 40 horas. Sin embargo, este país destaca por su flexibilidad en la adaptación de la jornada a cada persona.

¿Cuánto tiempo se trabaja en España?

Una de las cosas que debemos tener en cuenta es que no es lo mismo la regulación de la jornada máxima, que el tiempo que efectivamente se trabaja en las empresas. Según la Encuesta de Población Activa publicada por el Instituto Nacional de Estadística, en 2024:

  • Los hombres trabajaron una media de 38,4 horas a la semana.
  • Los hombres empresarios fueron los que más horas trabajaron con una media de 46,5.
  • Las mujeres trabajaron una media de 33,8 horas a la semana.
  • Las empresarias trabajaron 42 horas a la semana.

¿Por qué se quiere reducir la jornada laboral máxima?

La exposición de motivos del proyecto de ley para la reducción de la jornada laboral máxima, además de citar razones de índole social y económico establece una serie de motivos por los que es necesaria la reducción de la jornada y son los siguientes:

  • El impulso de la corresponsabilidad en relación con las cargas familiares.
  • La necesidad de conciliar la vida personal con la vida laboral.
  • La necesidad de tener tiempo libre para desarrollar actividades personales diferentes al trabajo, que se relacionen con el ocio, el cuidado de la salud, la realización de actividades deportivas o culturales o el bienestar personal.
  • La mejora de las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores, debido a que la reducción de la jornada laboral supone una reducción de la carga de trabajo y el estrés.
  • Por otro lado, al fomentar la conciliación de vida personal y profesional, se podrá contribuir a reducir el absentismo.

¿Qué cambiará con el proyecto de ley para la reducción de la jornada laboral máxima?

Con el proyecto de ley para la reducción de la jornada laboral máxima lo que pretende es modificar varios artículos del Estatuto de los Trabajadores. Las modificaciones más importantes son las siguientes:

  • Modificación del artículo 20 bis del ET que se refiere al derecho a la desconexión y que se quiere matizar de forma que dicha desconexión suponga la ausencia de toda solicitud de realizar una prestación laboral y la ausencia de comunicación de la empresa con el trabajador mediante cualquier dispositivo, herramienta o a través de medios digitales. También se incluye el derecho a no estar localizable fuera del horario de trabajo.
  • Modificación del artículo 34 del ET. Hemos visto la redacción actual de este artículo. La primera parte se mantendría de forma que la jornada de trabajo sería la pactada en el convenio o en el contrato, pero cambia la segunda parte, ya que la jornada máxima sería de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.

¿Qué perspectivas de futuro tiene la reforma?

Ahora mismo es difícil saber qué ocurrirá con la reducción de la jornada laboral. Ya hemos visto los argumentos a favor (conciliación de vida personal y laboral, reducción de riesgos en la salud y seguridad de los trabajadores, etc.), pero también hay argumentos en contra de esta reforma:

  • Incremento de costes para las empresas.
  • Falta de necesidad de la medida, ya que en muchos convenios colectivos ya se regula una jornada laboral inferior a las 40 horas semanales.
  • Mayor carga de trabajo para los empleados.
  • Reducción en la calidad de los servicios.
  • Impacto negativo en algunos sectores como la hostelería, el comercio, las actividades inmobiliarias o el transporte.
  • Limitación del margen de negociación colectiva que existe ahora mismo en relación con la jornada laboral.

En definitiva, no se sabe lo que ocurrirá en el futuro y los efectos de la reducción se tendrían que ver a lo largo del tiempo.

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