Me han despedido por cierre de la empresa ¿Qué debo hacer?

Me han despedido por cierre de la empresa ¿Qué debo hacer?
Publicado el: 29 de Septiembre de 2022

Tabla de contenidos

Los cierres de empresas por cuestiones de movilidad o jubilación empresarial es un miedo y una realidad a la que se tienen que enfrentar muchos trabajadores. Por ello, si está en dicha situación lo mejor es que pida asesoramiento con un abogado laboralista.

Los trámites a seguir son los correspondientes a los despidos colectivos. Trabajar un mínimo de 20 días al año y un máximo de 12 meses. Para solicitar un ERTE, una empresa debe seguir una serie de pasos para mantener legal el despido. En el plazo de 30 días, se tendrá que negociar las condiciones del ERTE con el trabajador. Luego habrá que solicitar autorización al Ministerio del Trabajo o al Ministerio del Trabajo, pasar inspección laboral y esperar resolución.

A partir de la vigencia de la autorización, avisar a los trabajadores con 15 días de anticipación y proponer las soluciones correspondientes. Para las empresas de menos de 5 trabajadores se puede recurrir al despido objetivo individual. Da 15 días de preaviso e indemnización.

¿Cuáles son los motivos por los que la empresa decide cerrar?

Puede haber muchas razones por las que un negocio cierra. Una de las razones más comunes por lo que la empresa decide poner punto y final a su negocio es debido a los problemas económicos, aunque también pueden ser por razones de jubilación, muerte o incapacidad. También, puedes ser causados por desacuerdos entre socios.

El Tribunal Supremo dictaminó que el cierre de la empresa en base a criterios jurídicos objetivos es causa comprensible de extinción. Desde el punto de vista de un emprendedor, cerrar un negocio puede significar el fracaso y una gran pérdida de dinero. En algunos otros casos, una vía de escape.

En los casos en que un negocio se manifiesta arruinado y expone sus problemas financieros, puede utilizar estas coyunturas como excusa para despedir a los trabajadores. Sin embargo, los empleados despedidos tienen derecho a una compensación.

¿Qué pasa si el despido laboral es por jubilación del empresario?

La jubilación del empleador es otra razón legal para rescindir un contrato de trabajo. Dicha jubilación dará lugar necesariamente al cierre de la institución o actividad. Es decir, se requiere su disolución porque la continuidad no da razón de disolución.

Los empleados tienen derecho a indemnización si son despedidos por jubilación de su jefe; 20 días por año por un máximo de 12 meses. El número de empleados es el siguiente factor que afecta el proceso de liquidación de la jubilación. Para las empresas de más de cinco trabajadores, se estará a lo dispuesto en materia de despido colectivo. Luego habrá que notificar a las autoridades correspondientes. Una vez recibida la autorización, se inicia un período de negociación, donde se negocian las condiciones con los empleados, a quienes se notifican los avisos y resoluciones correspondientes. Las empresas de cinco o menos trabajadores tienen trámites más sencillos. Los empleadores envían una carta de notificación con 15 días de anticipación expresando el motivo de la terminación del contrato.

Sin embargo, para los autónomos, el método de compensación es diferente. En este caso, se debe aplicar un procedimiento diferente. Si el contratante es una persona física, por cuenta propia, no debe solicitar autorización a las autoridades. El único paso que debe seguir es avisar a los trabajadores. Por su parte, estas personas tienen derecho a la indemnización de un mes de salario. Lo mismo sucede en el caso de fallecimiento del trabajador por cuenta propia.

¿Qué pasa si la empresa no cierra después de que el empresario se jubila?

Las causas legales de dicho despido incluyen el cese de actividades o el cierre como uno de los requisitos básicos. Por lo tanto, no existe derecho a rescindir el contrato de trabajo si la empresa continúa siendo propiedad del jubilado o está en manos de un tercero.

Algunos autónomos optan por jubilarse voluntariamente, lo que les permite continuar con sus actividades laborales. Si después de un tiempo deciden cambiar a la jubilación pasiva, tampoco es una razón válida para el despido. La jurisprudencia sostiene que, en todo caso, se produce en el momento de la jubilación, no después. Los empleados pueden optar por solicitar la revocación o rechazar el despido. Para este paso se analizará si se llegó a un acuerdo durante la consulta, si se siguieron los procedimientos, si se actuó de buena fe, etc. Es importante saber que solo tiene 20 días para apelar. Por otro lado, se recomienda que cuando reciba un aviso que firme como "No conforme", agregue la fecha del incidente y guarde una copia. Este documento es requerido para cualquier demanda.

¿Cuál es la indemnización por despido por cierre de empresa y cuánto me corresponde el despido?

Cuando un negocio decide cerrar el negocio, tiene que cumplir con varios aspectos o requisitos antes de que pueda comenzar a despedir empleados. Dicho despido por causas económicas deberá ser notificado al trabajador por escrito, expresando las causas y justificación. A partir de ahí, es responsabilidad de la empresa proporcionar una compensación adecuada. En caso de este tipo de despido, la indemnización es el salario de 20 días trabajados al año, fijados en un máximo de 12 meses de acuerdo con el estatuto del trabajador.

¿Qué se debe hacer si la empresa no puede o no quiere pagar una compensación por razones desinteresadas?

Aunque es responsabilidad de la empresa, es posible que el empresario no quiera o no pueda pagar porque es insolvente. Si esto sucede, sus derechos aún están protegidos por la ley. La empresa debe indicar en la carta de despido por cierre que no es posible pagar indemnizaciones a los empleados.

Si la empresa puede pagar la compensación, no sólo pagará, sino que le corresponde un monto de 45 días de salario por año. No obstante, si la empresa no puede tramitar el pago de forma efectiva, siempre podrá contar con el apoyo del Fondo de Garantía de Salarios (FOGASA). Por otro lado, este tipo de despido no es óbice para percibir la prestación por desempleo. Sólo necesita mostrar la carta de terminación.

Un abogado en menos de 24 horas.
Lawyers - 24h Un abogado en menos de 24 horas. Defendemos sus intereses
"En cualquier punto de España"

Con nuestro sistema de cita Online tendrá un asesoramiento inmediato sin necesidad de visitas presenciales ni desplazamientos.

Uno de nuestros abogados especializados en su área de interés se pondrá en contacto con Vd. para formalizar una cita y realizar su consulta por videollamada.

Plataformas disponibles

Añadir nuevo comentario

¿Necesita un abogado en Madrid?, nosotros le llamamos

Rellene el formulario y le llamaremos a la mayor brevedad posible.

* Campos obligatorios