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Las herencias no se publican en un listado general ni se notifican de forma automática, salvo que el testador lo haya pedido expresamente al notario en el momento de hacer testamento. Para averiguar si has heredado, debes solicitar el certificado de defunción del fallecido y acudir al registro general de actos de última voluntad para tramitar el certificado que indicará si existe testamento y en qué notaría se encuentra depositado.
¿Dónde se publican las herencias? Cómo saber si he heredado algo, paso a paso
Hay herencias que son muy claras. Por ejemplo, si fallece uno o ambos progenitores, sabes que tienes derecho a recibir sus bienes. Sin embargo, hay otras situaciones que no están tan claras. Sería el caso de un familiar más lejano o amigo con el que no tienes ya demasiado contacto que muere y te cita en su testamento, pero que no te avisó previamente.
En este tipo de casos, ¿las herencias se publican en algún lugar? ¿Hay alguien que te avisa de que tienes derecho a parte o la totalidad de la herencia? A estas dos preguntas y a muchas otras les vamos a dar respuesta aquí.
¿Cómo saber si tengo una herencia? El papel del notario
Lo primero que has de saber es que, en España, la privacidad del testador y de los herederos está por encima de cualquier otra cosa. Por ello, salvo que el fallecido diese orden al notario de avisar a los herederos en el momento de producirse su fallecimiento, nadie se va a poner en contacto contigo para que cobres la herencia.
¿Cómo saber si me han dejado una herencia? El cauce legal
La legislación establece un cauce por el cual toda persona puede averiguar si es beneficiaria de una herencia. Para dar comienzo, lo único que necesitas es el certificado de defunción de la persona fallecida. Lo puedes obtener:
- En la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, identificándote con Cl@ve o certificado digital. Es inmediato.
- En la sede física del Registro Civil del municipio donde se haya inscrito el fallecimiento. Suele requerir cita previa.
- Por correo postal, indicando los datos del fallecido. Tarda entre 10 y 15 días hábiles.
Una vez que tengas el certificado de defunción, llega el momento de dirigirte al Registro de Actos de Última Voluntad para obtener el Certificado de Últimas Voluntades. Al igual que en el caso anterior, puedes efectuar el trámite de forma presencia u online, lo que es mucho más rápido. Eso sí, en este caso, tendrás que abonar la tasa impuesta por la comunidad autónoma en la que resides mediante el modelo 790.
¿Cómo saber si tengo una herencia a mi nombre? El Certificado de Últimas Voluntades
El Certificado de Últimas Voluntades es capital, ya que en él se especifica si el fallecido dejó testamento y, en caso de haberlo hecho, a qué notario recurrió. Ponte en contacto con él para obtener una copia autorizada de su testamento, ya que ese es el documento fundamental para iniciar los trámites sucesorios.
Lo primero que podrás verificar de este modo es si realmente apareces como heredero en el testamento o no, que es lo más importante en primera instancia. Lo siguiente es ponerte en contacto con el resto de herederos, si los hay, tras lo cual tendrás que determinar si:
- Aceptas la herencia de forma pura y simple: implica que asumes tanto las deudas como los bienes sin límite, es decir, respondiendo con tu propio patrimonio personal si fuese necesario.
- Renuncias o rechazas la herencia: de manera total e irrevocable. Debes formalizarlo mediante escritura pública ante notario.
- Aceptación a beneficio de inventario: implica pagar las deudas exclusivamente con los bienes que componen la herencia. Por tanto, si las deudas exceden el caudal hereditario, el heredero no tiene que responder con su propio patrimonio, lo que supone una protección adicional.
Llegado a este punto, tocará repartir la herencia, siempre y cuando haya acuerdo entre los herederos. En caso de no ser así, se iniciará un proceso judicial destinado a realizar la división respetando la legalidad vigente.
¿Qué plazo tienes para aceptar o rechazar la herencia?
La ley española establece un plazo máximo de 30 años a contar desde el fallecimiento del testador para reclamar su herencia. Un lapso de tiempo que se estima más que suficiente. Pero ¿cómo saber si se ha aceptado una herencia por parte del resto de herederos? En caso de que se haya producido, el notario te informará. En caso contrario, podrás utilizar el mecanismo de la interpelación notarial, tras lo cual dispondrán de 30 días naturales para aceptar o repudiar la herencia.
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