
La nueva Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, ha introducido en el artículo 438 de la LEC la previsión de que existan a disposición de los demandados, en los casos de juicios verbales en los que sea posible actuar sin abogado ni procurador, impresos normalizados para contestar a la demanda. Dichos impresos deben estar en el Juzgado a disposición de los demandados y en el Decreto de admisión se les debe comunicar esa disponibilidad.
G.Elias y Muñoz Abogados Madrid, pone a su disposición los modelos publicados en la citada Ley, recordando que estamos a su disposición para cualquier cuestión jurídica que se le pueda suscitar.
Acceda a los modelos normalizados pinchando en cada uno de ellos:
· 1. MODELO NORMALIZADO DE SOLICITUD DE CONCILIACIÓN
· 2. MODELO NORMALIZADO DE SOLICITUD DE EXPEDIENTE DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
· 3. MODELO NORMALIZADO DE DEMANDA DE JUICIO VERBAL
· 4. MODELO NORMALIZADO DE CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA DE JUICIO VERBAL
· 5. MODELO DE PROCESO MONITORIO
· 6. PROCESO MONITORIO (RECLAMACION DE GASTOS COMUNES DE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS)
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