Delito de conducción temeraria en el Código Penal

Delito de conducción temeraria
Publicado el: 10 de Agosto de 2023

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El delito de conducción temeraria aparece tipificado en el artículo 380 del Código Penal. Pero ¿sabes exactamente en qué consiste y qué penas conlleva? Puesto que es uno de los cometidos de manera más habitual entre los conductores, aquí lo vamos a explicar.

¿En qué consiste el delito de conducción temeraria?

El Código Penal define el delito de conducción temeraria como cualquier acción llevada a cabo a través de un ciclomotor o vehículo a motor (coches, motocicletas, camiones, etc.) que ponga en peligra la vida de otras personas. En concreto, hace referencia tanto a otros conductores como a sus acompañantes y a los peatones.

Requisitos del delito de conducción temeraria

¿Qué criterios utiliza el Código Penal para determinar qué es conducción temeraria y qué no? En líneas generales, hace referencia a dos:

  • Velocidad. Todos los conductores que circulen en una vía urbana a una velocidad de 60 km/h sobre el límite permitido estarán incurriendo en conducción temeraria. Por ejemplo, sería el caso de aquel que condujesen a 110 km/h en una avenida limitada a 50 km/h. Por su parte, en el resto de casos (carreteras nacionales, autopistas, autovías, etc.), este límite se establece en 80 km/h sobre la velocidad máxima permitida. Es decir, circular a 200 km/h en una carretera limitada a 120 km/h.
  • Alcohol y drogas. Conducir en condición de embriaguez supone un delito de conducción temeraria siempre que la tasa de alcohol en aire espirado supere los 0,60 mg/litro o los 1,2 g/litro en sangre. Asimismo, pilotar un vehículo de cualquier tipo habiendo consumido previamente estupefacientes o sustancias psicotrópicas conlleva siempre la comisión de este delito, ya que no existe un límite legal.

Ahora bien, estos son los dos supuestos en los que el Código Penal determina que hay temeridad manifiesta. Sin embargo, esto no implica que el delito de conducción temeraria no se puede cometer de otros modos.

Sería el caso, por ejemplo, de una persona que conduce en una autovía o autopista en sentido contrario. Hay otras muchas situaciones sujetas a temeridad manifiesta, pero no se considera que ha existido el delito si la acción no ha puesto en peligro la vida de otra persona.

¿Es compatible la conducción temeraria con otros delitos?

Esta es una cuestión relativamente compleja. No es extraño que el delito de conducción temeraria implique, además, la comisión de un delito de lesiones o, peor aún, de homicidio imprudente.

En este tipo de casos, la infracción castigada será aquella que conlleve una pena más grave. En el caso del homicidio imprudente, es evidente que este será el delito juzgado. En el supuesto de las lesiones dependerá de la gravedad de estas.

Eso sí, siempre que la lesión u homicidio imprudente se ha producido a raíz de un delito de conducción temeraria, las penas se impondrán siempre en su mitad superior. Es decir, se considerará un agravante. Lo mismo sucede respecto a la prohibición de conducir ciclomotores y vehículos a motor.

Penas por conducción temeraria

Con carácter general, el Código Penal establece penas de entre 6 y 24 meses de prisión para quienes cometen el delito de conducción temeraria. Además, prevé un tiempo de privación del derecho a conducir de entre 1 y 6 años. Sin embargo, existen dos modalidades.

Tipo atenuado

El tipo atenuado del delito de conducción temeraria sucede cuando la acción no pone en peligro la integridad del resto de usuarios de la vía. Sería el caso, por ejemplo, de un conductor que circula a 200 km/h por una vía en la que, en ese momento, no hay nadie.

En este caso, el Código Penal prevé penas de prisión de entre 12 y 24 meses, la privación del derecho a conducir durante 1-6 años y una multa de entre 6 y 12 meses.

Tipo agravado

Es el supuesto contrario, es decir, aquel en el que sí se pone en peligro la vida de los demás. Pero, además, la acción debe llevarse a cabo con “manifiesto desprecio”.

Para entender mejor este concepto, podemos poner otro ejemplo. Imagina a un conductor que transita a una velocidad muy alta por una calle residencial a la hora en la que los niños están entrando al colegio. Como es obvio, es consciente del peligro que supone su acción, pero aun así la lleva a cabo.

Para el tipo agravado del delito de conducción temeraria, el Código Penal establece penas de prisión de entre 2 y 5 años, multas de entre 12 y 24 meses y privación del derecho a conducir durante un período de entre 6 y 10 años.

 

Esto es todo lo que debes saber acerca del delito de conducción temeraria en el Código Penal, el cual esperamos haberte ayudado a comprender mejor. Además, si quieres asesoramiento legal en la materia, no dudes en ponerte en contacto con un abogado penalista de nuestro equipo.

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