Quién paga las costas de un juicio

Quién paga las costas de un juicio
Publicado el: 2 de Junio de 2022

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Todo proceso judicial conlleva una serie de gastos. Por un lado, debemos hablar de los procesales, que son aquellos relacionados de forma directa e inmediata con el procedimiento judicial. Por otro, de las costas judiciales. Sobre ellas queremos hacer girar este artículo.

¿Qué son las costas de un juicio?

Las costas judiciales son los gastos necesarios para que se celebre un juicio. Estos abarcan desde el inicio del procedimiento hasta que finaliza. Se engloban en el artículo 241 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Son los siguientes:

  • Los honorarios de abogados y procuradores cuando sea necesario que intervengan.
  • Los honorarios de los peritos judiciales.
  • El coste de insertar edictos o anuncios obligatorios durante el procedimiento.
  • Los derechos arancelarios que, para la puesta en práctica de actuaciones necesarias, deban pagarse durante el desarrollo del proceso.
  • Siempre que sea preceptiva, la tasa de potestad jurisdiccional.
  • Todos los documentos que deban ser solicitados conforme a la legislación vigente (certificaciones, notas, testimonios, copias oficiales...). La única excepción la componen los protocolos y registros públicos reclamados por el tribunal.

¿Quién paga las costas de un juicio?

La respuesta a quién paga las costas de un juicio civil queda respondida en el artículo 241.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. En concreto, establece que cada parte abonará los gastos que le correspondan siempre que sean causados a su instancia. Con la excepción, como veremos más adelante, de que se produzca una condena en costas, es decir, que la sentencia obligue a la parte que ha visto desestimadas sus pretensiones a pagar estos gastos a la que ha visto estimadas las suyas.

La condena en costas

Para que la parte vencedora pueda reclamar a la perdedora el pago de las costas de un juicio es necesario que la sentencia lo posibilite explícitamente. Si no lo hace, o si en ella aparecen frases del tipo “cada parte abonará las costas generadas por instancia propia” o “sin hacer pronunciamiento especial en costas”, cada una deberá abonar las que le correspondan.

Tampoco nos podemos olvidar de que, si la parte perdedora es beneficiaria de justicia gratuita, no se le podrá reclamar su pago. Esto es habitual en determinados casos como, por ejemplo, a la hora de responder a la pregunta sobre quién paga las costas de un juicio por desahucio.

En cualquier caso, si damos por hecho de que la sentencia condena a la parte perdedora a pagar las costas del procedimiento judicial, tenemos que recurrir al artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. En él se establece que el procedimiento necesario para solicitar el pago se inicia con la tasación de costas.

Conviene decir que, cuando el juez tiene dudas conforme a derecho o no da la razón plenamente a la parte vencedora, nunca condena en costas. Pongamos un ejemplo. Si un señor reclama a otro 10 000 € por cualquier razón pero finalmente el juez solo condena a la parte perdedora a abonar 7000 €, nunca le hará pagar este tipo de gastos.

¿Cuánto se paga de costas judiciales?

Es algo prácticamente imposible de determinar. Según datos oficiales, la Unión Europea estima que, de media, un juicio conlleva unos gastos medios de 3000 €. Sin embargo, estos pueden ser muy superiores según cuánto se prolongue. Esa es la razón por la que, antes de comenzar el procedimiento, muchos se preguntan cómo saber si voy a ganar un juicio. Por desgracia, aunque puede haber mayores o menores probabilidades, tampoco se puede responder con certeza a esa cuestión.

¿Qué pasa si no pago las costas de un juicio?

Ya sabemos, aunque sea de forma aproximada, cuánto son las costas de un juicio. Ahora llega el momento de aprender cómo se realiza el pago. En concreto, la parte vencedora ha de reclamar el abono del importe mediante la tasación de costas, tras lo cual la parte perdedora tiene la obligación de realizar el pago en un plazo máximo de 20 días hábiles.

El problema es que, en algunas ocasiones, la parte perdedora no quiere abonar las costas de un juicio verbal. O, simplemente, no tiene recursos económicos para hacerlo. En ese caso, la parte vencedora podrá dar inicio al procedimiento de ejecución de sentencia, que conllevará el embargo de sus bienes. Eso sí, siempre que no pueda acogerse a cualquiera de las excepciones previstas por la ley.

Un apunte antes de terminar. Muchas personas tienen la duda de quién paga las costas de un juicio por delito leve. Sin embargo, en este tipo de procedimientos no es obligatorio contar con un abogado y un procurador. Por tanto, aunque ambas partes se presenten con ellos, no será posible reclamar este tipo de gastos a ninguna de las dos una vez que se emita la sentencia.

En definitiva, las costas de un juicio abarcan todos los gastos derivados del procedimiento. En algunos casos, el juez puede obligar a la parte perdedora a que se haga cargo de ellas. Si estás pasando por una situación similar y necesitas asesoría, recomendamos acudir a un abogado penalista que te explicará en detalle cualquier duda.  Esperamos haber dejado claro en este artículo en qué supuestos puede suceder esto y cómo se ejecutan si es necesario.

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