G.Elías y Muñoz Abogados
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Modelo de contrato de arrendamiento de vivienda

Modelo de contrato de arrendamiento de vivienda preparado para cumplimentar por el arrendador y arrendatario.

MODELO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA

En
a

COMPARECEN

DE UNA PARTE, DON AAA, mayor de edad, con domicilio en
y con DNI número
, a quien de aquí en adelante se denominará el ARRENDADOR. Y DE OTRA PARTE, DON BBB, mayor de edad, con domicilio en
y con DNI número
, a quien de aquí en adelante se denominará el ARRENDATARIO.

INTERVIENEN

Todos ellos en su propio nombre y derecho Reconociéndose las partes recíprocamente capacidad legal para este otorgamiento y concurriendo libremente a este acto

EXPONEN

I

Que el ARRENDADOR DON AAA es dueño en pleno dominio de la siguiente finca urbana: EN
NUMERO
VIVIENDA SEÑALADA CON LA LETRA -. Está situada en la planta tercera sin contar la baja, de la casa sita en ésta Capital y su calle de

Consta de
dormitorios, comedor, cocina,
cuartos de baño, vestíbulo y terraza.

Comprende una superficie aproximada de
metros cuadrados.

Linda, por su frente, por donde tiene su acceso, con caja de escalera y vivienda
; derecha entrando, con vivienda
; izquierda, con la calle de
; y fondo, con medianería mancomunada de la casa número
de la calle de

CUOTA: Representa
enteros,
centésimas por ciento en el valor total del inmueble, cuota con la que participa en los elementos y gastos comunes.

INSCRIPCION: En el Registro de la Propiedad número
de
, al tomo
folio
, finca número
, inscripción

TITULO: Le pertenece por compra autorizada por el Notario de
, Don
, el
, bajo el número
de orden.

II

Que el ARRENDADOR, DON AAA, Y el ARRENDATARIO, DON BBB, tienen convenido el arrendamiento de la vivienda descrita en el expositivo precedente, con la garantía del aval solidario de DON CCC, todo lo que llevan a efecto por medio de este CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA que se regirá por la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 de 24 de noviembre (denominada de aquí en adelante LAU) y por las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA.- Arrendamiento

El ARRENDADOR cede al ARRENDATARIO la finca descrita en el expositivo I de este contrato, en régimen de arrendamiento urbano de vivienda y el ARRENDATARIO lo acepta, declarando conocer el inmueble objeto del arrendamiento, aceptar el estado en que se encuentra y tomar posesión del mismo, en perfectas condiciones de uso, mediante las llaves que en este acto le entrega la otra parte.

SEGUNDA.- Duración

El presente contrato entra en vigor el día de la fecha y se concierta por un período de un año Sin perjuicio de ello, durante los cinco primeros años de su vigencia, llegado el día del vencimiento de cada plazo contractual de un año, éste se prorrogará obligatoriamente por otro período anual, hasta completar dicho período de cinco años, salvo que el ARRENDATARIO manifieste al ARRENDADOR su voluntad de no renovarlo, con treinta días de antelación, como mínimo.

TERCERA.- Destino

El destino del inmueble arrendado es el de vivienda del ARRENDATARIO, en los términos del artículo 7 de la LAU.

CUARTA.- Renta

La renta locativa se fija en la cantidad de
euros anuales, pagaderas por mensualidades anticipadas de
pesetas cada una, que deberá satisfacer EL ARRENDATARIO, dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta del ARRENDADOR del Banco

, sirviendo el justificante de l ingreso del correspondiente recibo mensual. Alternativamente, podrá satisfacer la renta mensual en en el domicilio del ARRENDADOR, quie, en tal caso, le expedirá el oportuno recibo.

QUINTA.- Actualización de la renta

La renta se actualizará anualmente, de conformidad con lo dispuesto en el art. 18 de la LAU. En consecuencia, la renta podrá ser actualizada, por el ARRENDADOR o el ARRENDATARIO, durante los cinco primeros años de duración del contrato, en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, siéndole aplicado a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el índice General Nacional del Sistema de índice de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización, el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.

La renta actualizada será exigible a partir del mes siguiente a contar desde la fecha de la notificación por escrito del ARRENDADOR al ARRENDATARIO tanto de la actualización como del porcentaje de alteración aplicado. La certificación del Instituto Nacional de Estadística a que se refiere el precepto arrendaticio antes citado, se acompañará sólo cuando así lo exija el ARRENDATARIO.

SEXTA.- Régimen de propiedad horizontal

El arrendatario manifiesta conocer los Estatutos de la Comunidad de Propietarios que rigen el régimen de Propiedad Horizontal del inmueble arrendado

SEPTIMA.- Gastos generales y servicios individuales a cargo del arrendatario:

Serán de cuenta del ARRENDATARIO:

7.1 Los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, dentro de los límites establecidos en el artículo 20 de la LAU. En consecuencia el ARRENDATARIO se hará cargo mensualmente de los gastos de comunidad correspondientes al inmueble arrendado, en función de su cuota de participación, y se compromete a satisfacerlos puntualmente.

7.2 En todo caso, los servicios y suministros individuales con los que cuenta la vivienda arrendada, y ello, aunque los recibos sean girados a nombre del propietario.

OCTAVA.- Subrogación

En caso de muerte del arrendatario se estará a lo dispuesto en el artículo 16 de la LAU.

NOVENA.- Fianza

En este acto, el ARRENDATARIO presta fianza en metálico mediante entrega de la cantidad de
euros, equivalente a una mensualidad, sirviendo el presente documento, como justificante de dicha entrega.

Si la vigencia del arrendamiento se extiende a más de cinco años, ya sea por tácita reconducción, prórroga o acuerdo de las partes, se actualizará la fianza hasta acomodarse al importe de una mensualidad de la renta vigente en el momento de tal actualización, siendo exigible el aumento, en su caso, por el ARRENDADOR o la disminución, en el caso contrario, por el ARRENDATARIO.

Leído por las partes el presente documento, lo encuentran conforme en su integridad, en prueba de los cual lo firman por triplicado y a un solo efecto, conservando cada parte un ejemplar, en el lugar y fecha expresados en su encabezamiento.

a fecha

Firma

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