Ley de fomento de contratación indefinida. Laboral.

Ley de fomento de contratación indefinida. Laboral.

Con esta nueva norma publicada en el Boe del 1 de Marzo de 2014 , y con efectos del día 25 de Febrero,  cualquier empresa y autónomo que contrate a un trabajador de manera indefinida pagará  100 euros al mes en cotizaciones por contingencias comunes durante los dos primeros años, siempre y cuando esta nueva contratación se traduzca en creación de empleo neto, es decir, en un aumento de la plantilla.

Para ser posible  la  aplicación de esta 'tarifa plana', la empresa no puede haber realizado despidos colectivos ni individuales declarados improcedentes en los seis meses anteriores a la celebración de los nuevos contratos, y debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

En el caso de rescindir el contrato antes de tres años, las empresas deberán reintegrar todos los beneficios aplicados. La medida implicará un ahorro al empleador cercano al 75% en la cotización por contingencias comunes. Para un sueldo bruto anual de 20.000 euros, esta 'tarifa plana' ahorrará a las empresas 3.520 euros anuales, es decir, unos 7.040 euros en dos años.

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