G.Elías y Muñoz Abogados
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Modelo de poder general

Escritura modelo de concesión de poder general con otorgamiento de facultades

MODELO DE PODER GENERAL

NÚMERO

En
mi residencia a

Ante mi,
, Notario del Ilustre Colegio de

COMPARECE

Don AAA, mayor de edad casado en régimen de separación de bienes, vecino de esta ciudad, calle

titular de Documento Nacional de Identidad, número

Tiene a mi juicio, la capacidad necesaria para otorgar esta escritura de PODER GENERAL y,

DICE

Que lo confiere, tan amplio como en derecho sea menester, a favor de DON
mayor de edad casado en régimen de separación de bienes, vecino de esta ciudad, calle

titular de Documento Nacional de Identidad, número
para que en su nombre y representación pueda ejercitar los siguientes actos y gestiones:

Administrar en los más amplios términos. bienes. muebles e inmuebles. Hacer declaraciones de edificación y plantación. deslindes, amojonamientos, agrupaciones, segregaciones. transacciones, compromisos y renuncias. Reconocer deudas y aceptar créditos, hacer y recibir préstamos; pagar y cobrar cantidades. Hacer .efectivos libramientos; dar o aceptar bienes en o para pagos, afianzar, comprar, vender y permutar, pura o condicionalmente, a retro, con precio confesado, al contado o a plazos, toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos reales y personales. Constituir, aceptar, dividir, enajenar, gravar, redimir y extinguir usufructos. servidumbres, censos. arrendamientos inscrlbibles y demás derechos reales, ejercitando todas las facultades derivadas de los mismos, entre ellas, cobrar pensiones y laudemos y firmar por dominio. Constituir, aceptar, modificar, adquirir, enajenar, posponer y cancelar total o parcialmente, antes de su vencimiento. o después, háyase o no cumplido la obligación asegurada, hipotecas. prendas anticresis, prohibiciones, condiciones y toda clase de limitaciones o contratar activa y pasivamente, rentas. pensiones o prestaciones periódicas, temporales o vitalicias, y su aseguramiento. Tomar parte en concursos y subastas. hacer propuestas y aceptar adjudicaciones. Ejercer el comercio ; otorgar contratos de trabajo y transportes, retirar géneros. envíos, giros y correspondencia. Constituir y modificar sociedades, aceptar y, desempeñar cargos en ellas e intervenir en sus juntas, rescindirlas. disolverlas y liquidarlas. Contratar, modificar, rescindir y liquidar seguros de todas ciases. Operar con Cajas oficiales, Cajas de Ahorros y Bancos, incluso el de España, haciendo cuanto la legislación y práctica bancarias permitan. Seguir, abrir y cancelar cuentas y libretas de ahorro, cuentas corrientes, de crédito y cajas de seguridad. Librar, aceptar, avalar, endosar. cobrar, intervenir y negociar Letras de cambio y otros efectos. Comprar, vender, canjear y pignorar valores y cobrar sus intereses, dividendos y amortizaciones. Modificar, transferir, cancelar, retirar y constituir depósitos de efectivo o valores, provisionales o definitivos. Renunciar. aceptar, con o sin beneficio de inventario, y manifestar herencias. hacer. aprobar o impugnar particiones de herencias y liquidaciones de sociedad conyugal; entregar y recibir legados: aceptar, liquidar y extinguir fideicomisos, pagar, cobrar. fijar, garantizar y depositar legítimas, hacer y aceptar donaciones. Dividir cosas comunes. Instar actas notariales de todas clases; promover y seguir expedientes de dominio y de liberación de cargas, solicitar asientos en Registros de la Propiedad y Mercantiles, hacer, aceptar y contestar notificaciones y requerimientos notariales. Comparecer ante Centros y Organismos de Estado, Provincias y Municipios, Jueces, Tribunales, Fiscalías, Sindicatos, Delegaciones Comités, Juntas, Jurados y Comisiones. y en ellos instar, seguir y terminar como actor demandado y en cualquier otro concepto, toda clase de expedientes, juicios y procedimientos. civiles. Penales, administrativos, contencioso-administrativos, gubernativos, laborales y eclesiásticos y ejerciendo acciones y excepciones en cualesquiera procedimientos, trámites y recursos, incluso de casación y prestar cuando se requiera la ratificación personal. Otorgar poderes con las facultades que detalle y revocar sustituciones y poderes. Obtener cuantas copias requiera de este poder. Y para todo lo dicho. que es enunciativo y no limitativo. por lo cual deberá ser siempre interpretado con toda amplitud, otorgar documentos públicos y privados sin ninguna excepción Leído conforme al Artículo 193 del Reglamento notarial y enterado de su contenido presta su conformidad y firma, dando fe yo, el Notario de su identidad personal, comprobada con su
exhibido v de todo lo demás contenido en este instrumento público que va extendido en este mismo pliego. DOY FE

a fecha

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