Carácter no vinculante del ofrecimiento de indemnización

Publicado el: 9 de Septiembre de 2010

Tabla de contenidos

Carácter no vinculante del ofrecimiento de indemnización

El ofrecimiento de indemnización por despido improcedente no tiene carácter vinculante

Tal como nos informan nuestros Abogados Laboralistas de nuestro Despacho de Madrid según sentencia del Tribunal Supremo de 18 de Diciembre de 2009 a juicio de la Sala si el trabajador se le ha ofrecido el reconocimiento del despido improcedente y una determinada indemnización, que no ha aceptado y opta por abrir el proceso, lo que no puede esperar es que lo que se la ofrecido para evitar el pleito se mantenga en este.

Fuente: Departamento de Derecho Laboral G.Elias y Muñoz Abogados Despacho en Madrid

Un abogado en menos de 24 horas.
Lawyers - 24h Un abogado en menos de 24 horas. Defendemos sus intereses
"En cualquier punto de España"

Con nuestro sistema de cita Online tendrá un asesoramiento inmediato sin necesidad de visitas presenciales ni desplazamientos.

Uno de nuestros abogados especializados en su área de interés se pondrá en contacto con Vd. para formalizar una cita y realizar su consulta por videollamada.

Plataformas disponibles

Añadir nuevo comentario

¿Necesita un abogado en Madrid?, nosotros le llamamos

Rellene el formulario y le llamaremos a la mayor brevedad posible.

* Campos obligatorios