Bufete de Abogados de Herencias en Madrid

La herencia no tiene porqué ser un proceso largo y complicado

► La herencia es el conjunto de bienes que se transmite a los herederos al fallecimiento.

► ¿Necesitas tramitar una herencia?
► ¿Ha fallecido un familiar cercano?
► Más de 30 años de experiencia en herencias en Madrid y resto de España
► Tramitación online en el caso de que lo precises

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Abogados de Herencias y testamentos en Madrid

Abogados de herencias en Comunidad de Madrid y España. Expertos en herencias, testamentos, sucesiones y problemas hereditarios

Despacho de Abogados

En nuestro Despacho de Abogados somos especialistas en el asesoramiento de Herencias y Testamentos tanto en Madrid como en el resto de España. Nuestros Abogados con más de 25 años de experiencia te podrán ayudar en cualquier cuestión relacionada con tu herencia.

Durante estos más de 25 años hemos asesorado a miles de clientes en problemas relacionados con herencias, testamentos, impugnaciones de testamentos, desheredación, liquidación de impuestos y múltiples cuestiones relacionadas con las herencias.

Igualmente nuestros abogados de herencias le podrán ayudar en cuestiones relacionadas con proindivisos e inmuebles

Nuestros Letrados pertenecientes al Colegio de Abogados de Madrid se encuentran altamente especializados en el Derecho de sucesiones y herencias. Tenemos amplia experiencia relacionada con problemas hereditarios y los juicios derivados de los mismos.

Nuestros Abogados de Herencias son PERITOS CONTADORES JUDICIALES

Nuestro equipo de abogados de sucesiones y donaciones, a cargo de Doña Rus Maria Muñoz Gómez, perteneciente al Colegio de abogados de Madrid, actúa como perito contador judicial en múltiples procedimientos judiciales relacionados con herencias, lo que permite que nuestro asesoramiento como abogados de herencias y en reparto de las mismas sea de una de los más valorados en Madrid. Tenemos gran experiencia y conocimientos muy extensos en todas las cuestiones relacionadas con Derecho de sucesiones y herencias.

Nuestros Abogados de Herencias son PERITOS CONTADORES JUDICIALES

¿Qué es el derecho de sucesiones?

El derecho de sucesiones es una rama del derecho civil que se ocupa principalmente de regular la transmisión de los derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos y legatarios manifestada a través de testamento o pacto sucesorio, existiendo normas para el caso de que sucesión intestada.

Trata de las normas jurídicas que determinan cómo se distribuyen los bienes y derechos de una persona después de su muerte.

Los principales elementos que aborda el derecho de sucesiones son:

  1. Herencia: La herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que pertenecían a una persona fallecida y que se transmiten a sus herederos.
  2. Herederos: Son las personas que tienen derecho a recibir la herencia. Pueden ser herederos legítimos (como los hijos) o testamentarios (designados en un testamento).
  3. Legatarios: Son aquellas personas que reciben bienes o derechos específicos que el fallecido les ha dejado expresamente en un testamento.
  4. Testamento: Es un documento legal en el que una persona expresa su voluntad sobre cómo deben distribuirse sus bienes después de su muerte.
  5. Sucesión intestada: Cuando una persona fallece sin dejar un testamento, la ley establece reglas para la distribución de la herencia, designando a los herederos de acuerdo con un orden de prioridad.

¿Quiénes son Herederos?

A la hora de determinar quién puede o no ser heredero, hay que estar a una serie de premisas. El que no tuviera herederos forzosos puede disponer por testamento de todos sus bienes o de parte de ellos en favor de cualquiera persona que tenga capacidad para adquirirlos.

Sin embargo, el que tenga herederos forzosos sólo podrá disponer de sus bienes en la forma y con las limitaciones que establece la ley.

¿Que es la legitima?

La legítima es la porción de bienes de la que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.

¿Quiénes son herederos forzosos?

Son herederos forzosos:

  • Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.

A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.

  • El viudo o viuda.

La legítima de los hijos y descendientes la constituyen las dos terceras partes del haber hereditario del padre y de la madre. Sin embargo, podrán éstos disponer de una parte de las dos que forman la legítima, para aplicarla como mejora a sus hijos o descendientes.
La tercera parte restante será de libre disposición.

El cónyuge que al morir su consorte no se haya separado de éste judicialmente o de hecho, si concurre a la herencia con hijos o descendientes, tendrá derecho al usufructo del tercio destinado a mejora.

¿ Qué impuestos pagaré y que fiscalidad existe en una herencia?

Los impuestos fundamentales que se deberán abonarse en los trámites de herencia son :

i) El Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
ii) El impuesto sobre el incremento del valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana también conocido como Plusvalía Municipal y que tiene carácter municipal.

En función de la Comunidad Autónoma en la que resida el fallecido se deberá abonar un tipo impositivo u otro. En el caso de la Comunidad de Madrid existe una exención del 99%.

El impuesto de Plusvalía Municipal, deberá ser objeto de estudio antes de su pago a tenor de las recientes sentencias.

Es importante conocer la fiscalidad en la tramitación de herencias.

Ten en cuenta

  • Cuando el fallecido no haya hecho testamento será necesario la realización de una declaración de herederos.
  • La declaración de herederos es un documento otorgado ante el Notario en el que se establece quiénes son los herederos. El nombramiento de los herederos se realiza en este documento en testamento.
  • La Testamentaría comprende todas las operaciones, trámites y asesoramiento necesario desde el fallecimiento del causante hasta el reparto y adjudicación de bienes.
  • El cuaderno particional es aquel documento notarial en el que los herederos formalizan la aceptación de la herencia.
  • En el reparto Herencias Familiares es importante contar con un abogado especializado en herencias.
  • Si tienes que reclamar tu herencia o tramitar la misma es importante recibir el asesoramiento de profesionales del Derecho conocedores de la materia.
  • La Asesoría en procedimientos de herencia es fundamental durante todo el proceso.

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Herencia

Existen varias causas por las cuales una partición de herencia puede ser impugnada, esto es, cuando exista un perjuicio para alguno de los herederos que suponga un diferencia de más del 25% del valor de los bienes adjudicados a dicho heredero y los adjudicados al resto.

La partición que realice causante en su testamento únicamente puede ser impugnada por lesión cuando se haya perjudicado la legítima de los herederos forzosos o cuando pudiera deducirse que la voluntad del testador era distinta a la que se hizo constar en el testamento.

La partición podrá ser impugnada en el plazo de 4 años desde que tuvo lugar la misma iniciando el procedimiento judicial establecido al efecto.

El heredero que pretenda rescindir la partición realizada por el perjuicio o lesión que se le ha causado, dispone de 4 años y deberá hacerlo a través del correspondiente procedimiento judicial.

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Testamento

¿Qué es el testamento?

Puede otorgar testamento todo aquel al que la ley no se lo prohíba expresamente. Están incapacitados para testar los menores de catorce años de uno y otro sexo y el que no se halle en su cabal juicio. El testamento es el acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o de parte de ellos.

A parte de estos testamentos existen otros de carácter especial como son aquellos otorgados en peligro de muerte, el testamento militar, el testamento marítimo y aquel hecho en país extranjero.

En todo testamento, el testador expresa su última voluntad disponiendo de todos sus bienes y derechos para después de su muerte. En cuanto a la disposición de los bienes y derechos, esta se puede hacer por dos vías:

  • Ológrafos: es aquel redactado de puño y letra por el propio testador, cumpliendo los requisitos contenidos en el artículo 688 del Código Civil. Para que surta efectos es preciso protocolizarlo ante Notario.
  • Abiertos: el testador manifiesta su última voluntad en presencia de las personas que deben autorizar el acto, quedando enteradas de lo que en él se dispone.
  • Cerrados: el testador, sin revelar su última voluntad, declara que ésta se halla contenida en el pliego que presenta a las personas que han de autorizar el acto.
  • A título universal (instituyendo herederos): esto implica dejar a una persona la totalidad o parte del patrimonio del causante. Quien es nombrado heredero sucede, colocándose en el lugar del difunto, lo que también conlleva las deudas que pudieran existir.
  • A título particular (conformando legados): el legatario sucede únicamente en un bien o derecho concreto, de tal forma que lo adquiere y no se ve obligado a responder de las deudas del fallecido con su propio patrimonio.

¿ Puedo impugnar el testamento?

Sí ,nuestro Codigo civil permite la impugnación del testamento en determinados casos basados fundamentalmente en :

  1. Falta de capacidad mental: Si la persona que hizo el testamento no estaba mentalmente competente al momento de hacerlo, el testamento podría ser impugnado. Esto podría deberse a problemas como demencia, enfermedad mental o intoxicación.
  2. Coacción o presión: Si se puede demostrar que el testador fue presionado o coaccionado para hacer el testamento, este podría ser considerado inválido. Es importante que el testamento refleje realmente los deseos del fallecido y no sea el resultado de influencias externas indebidas.
  3. Fraude: Si se puede demostrar que el testamento fue el resultado de fraude, como la manipulación de la firma o la presentación de información falsa, se podría impugnar.
  4. Error: Si hay errores en la redacción del testamento que afectan su validez o interpretación, podría ser motivo para impugnarlo.
  5. Revocación: Si el testador revoca expresamente el testamento posteriormente y se puede demostrar esta revocación, el testamento anterior podría ser impugnado.
  6. Desconocimiento del contenido: Si el testador no entendía completamente el contenido del testamento al momento de firmarlo, podría haber bases para impugnarlo.
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herencias y testamentos

Procedimientos Judiciales

Nuestros Abogados especialistas en procedimientos judiciales con dilatada experiencia, le podrán ofrecer nuestros servicios profesionales en todos aquellos procedimientos que requieran nuestra intervención.

En concreto le representaremos y defenderemos en procedimiento juridiciales tales como:

Reclamaciones de cantidad

Jurisdicción Civil: Juicios ordinarios, Juicio Cambiario, Juicio Monitorio, Juicio Ordinario

Jurisdicción Penal: Procedimiento Abreviado, Sumario, Juicios Rápidos, Juicios de Faltas

Jurisdicción Laboral: Despido, Ordinario, Derechos

Procedimientos Contencioso Administrativos:
Ordinario, Abreviado, Procedimiento por despido, reclamaciones de cantidad y salarios

Jurisdicción Administrativa: Recursos Administrativos, Reclamaciones previas

En G. Elías y Muñoz Abogados, contamos con especialistas dedicados en exclusiva a la práctica del Derecho de Familia que le prestarán un asesoramiento completo en todo lo relacionado con esta materia, informándole de todos los derechos y obligaciones que le corresponden y aconsejándole cual sería la forma más adecuada de proceder en cada caso.

Puede concertar una cita en cualquiera de nuestras oficinas de Madrid, Majadahonda o Pozuelo de Alarcón o si lo prefiere, hablar de forma telefónica con uno de nuestros abogados especialista en Derecho de Familia en el número de teléfono 91.571.17.87 en horario de 9 a 14 y de 16 a 20, el cual le orientará de los pasos a seguir en su caso concreto.

Nuestros Abogados especialistas en Derecho de Familia, con dilatada experiencia en Herencia y Testamento, le podrán ofrecer nuestros servicios profesionales en todas aquellas cuestiones relacionadas con la Herencia y Testamento.

Si lo desea, además de ser atendido en nuestro Despacho de Abogados en Madrid, le ofrecemos la posibilidad de que nuestros Abogados le atiendan en nuestras oficinas de Pozuelo de Alarcón y Majadahonda.

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